Hacienda devuelve el IRPF a pensionistas mutualistas: cómo solicitarlo y fechas límite 

La Agencia Tributaria realizará un pago único antes del 30 de diciembre de 2025 para compensar a quienes cotizaron entre 1967 y 1978

Hacienda devolverá 1.200 euros a las personas que cumplan estos requisitos

Oficina de la Agencia Tributaria / EFE

04 de septiembre 2025 - 13:16

La devolución del IRPF a jubilados que cotizaron en las antiguas mutualidades laborales ya tiene fecha oficial. La Agencia Tributaria ha confirmado que efectuará un único abono antes del 30 de diciembre de 2025, poniendo fin a una larga reivindicación que afecta a más de cuatro millones de personas, incluidos herederos de mutualistas fallecidos.

La medida llega después de que el Tribunal Supremo fallara a favor de los afectados, obligando a Hacienda a regularizar esta situación fiscal. Se trata de una compensación histórica que corrige décadas de cotizaciones que no fueron debidamente tenidas en cuenta en su momento.

Unificación del proceso

El Congreso de los Diputados aprobó recientemente un cambio legislativo que simplifica el procedimiento de devolución, anulando los trámites individuales que muchos pensionistas habían iniciado por su cuenta. En su lugar, se ha establecido un sistema único que permitirá agilizar las gestiones, evitar errores y asegurar que ningún mutualista pierda sus derechos.

La Agencia Tributaria ya ha comenzado a enviar notificaciones tanto a jubilados como a los herederos que podrían beneficiarse de la medida. El nuevo sistema unificado permitirá gestionar automáticamente las devoluciones, incluso elaborando autoliquidaciones favorables de oficio para quienes no presentaron declaración en su momento.

¿Quién puede reclamar y cuánto se devuelve?

Pueden acogerse a esta devolución todas aquellas personas que cotizaron a mutualidades laborales entre 1967 y 1978. También podrán hacerlo los herederos legales, siempre que el mutualista original haya fallecido.

La cantidad a devolver varía según la situación de cada contribuyente y el número de ejercicios fiscales afectados. Según cálculos estimativos, las devoluciones pueden alcanzar los 4.000 euros por año fiscal, con un máximo acumulado de hasta 16.000 euros por persona.

La propia Hacienda determinará de forma automatizada la cuantía que corresponde a cada caso, utilizando los datos fiscales disponibles.

Plazos y cómo realizar la solicitud

El procedimiento será completamente digital y se gestionará a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Para solicitar la devolución, los pasos son:

  1. Acceder al apartado “Mutualistas: solicitudes de devolución” en la web de la AEAT.
  2. Identificarse mediante Cl@ve, certificado digital o número de referencia.
  3. Rellenar el formulario con los datos personales y bancarios.
  4. Confirmar la petición y descargar el justificante de tramitación.

Además del abono previsto en diciembre de 2025, se abre un periodo especial para reclamaciones correspondientes a los años 2020, 2021 y 2022. En estos casos, los mutualistas o sus herederos podrán presentar la documentación entre febrero de 2026 y febrero de 2028. En el caso de devoluciones del año 2022, el plazo específico comenzará el 2 de febrero de 2026.

Asistencia y Cita

Para información general puedes:

Para dudas y asistencia en la presentación del formulario de solicitud puedes:

Asistencia y Cita (agenciatributaria.gob.es)

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