¿Qué pasará con Zornoza tras la denuncia por presuntos abusos sexuales a un menor?
La causa eclesiástica abierta por el Dicasterio para la Doctrina de la Fe podría acabar con la “remoción” del obispo de Cádiz, que de hecho presentó su renuncia el 31 de julio del pasado año
Rafael Zornoza, investigado por presuntos abusos sexuales a un menor cuando era sacerdote en Getafe
Una denuncia presentada por unos hechos acaecidos treinta años atrás. Un proceso iniciado que supone un antes y un después en España, donde hasta ahora ningún obispo había sido investigado por supuestos abusos sexuales a menores. Y muchas dudas que trascienden alrededor de esta investigación por supuesta pederastia del obispo de Cádiz y Ceuta, Rafael Zornoza.
¿Qué va a pasar ahora con Zornoza? ¿A qué proceso se enfrenta en esa causa que como el propio Obispado ha confirmado este lunes está desde la pasada semana en manos del Tribunal de la Rota de la Nunciatura Apostólica en España?
Desde el Código de Derecho Canónica hacia acá, varias son las disposiciones e indicaciones que la Iglesia ha ido dando en relación a estas causas de abusos a menores en el ámbito de la Iglesia. Pero lo cierto es que la mayoría de ellas habla de casos en los que la denuncia se dirige a algún sacerdote o religioso y el proceso le corresponde a un obispo, y no a que el obispo sea la persona denunciada, como ocurre aquí (aunque la denuncia se refiera a una etapa de Zornoza anterior a su nombramiento episcopal).
El Papa Francisco indicó en cartas la posibilidad de remover a un obispo tras una investigación
Sí refirió expresamente el Papa Francisco en su carta apostólica Como una madre amorosa en el año 2016 la inclusión de los obispos en las “causas graves” pare “la remoción del oficio eclesiástico” ante este tipo de casos. Y en el artículo primero de esa carta escrita en forma de motu proprio establece que el obispo de una diócesis “puede ser legítimamente removido de su cargo si por negligencia ha realizado u omitido actos que hayan provocado un daño grave a otros”, para en el siguiente artículo hacer referencia a la apertura de una investigación por parte de “la competente Congregación de la Curia”.
Ante la gravedad de hechos de este tipo, ya indicaba el Papa Francisco la posibilidad de que esa investigación desembocara en la consideración como oportuna de la “remoción del obispo”. Y para ello, abría dos vías: en primer lugar, “dar, en el tiempo más breve posible, el decreto de remoción”; o, en su lugar, “exhortar fraternalmente al obispo a presentar su renuncia en un plazo de 15 días”, transcurridos los cuales si no se hubiera presentado dicha renuncia “la congregación podrá emitir el decreto de remoción”, que en cualquier caso debe ser admitida “a la aprobación específica del Romano Pontífice” asesorado por un colegio de juristas.
El mismo Papa Francisco dirigió otra carta apostólica en forma de motu proprio tres años después (en 2019) en la que especificaba cuál era el procedimiento a seguir en caso de un informe relacionado con abusos sexuales sobre un obispo. Y si en los casos de que la persona denunciada sea un sacerdote es el obispo el encargado de la instrucción del proceso, si la denuncia recae sobre un obispo, se coloca al frente de la causa al Metropolitano; es decir, en el caso de Zornoza, al Arzobispo de Sevilla, José Ángel Sáinz Meneses. Y la misión del arzobispo, como ha ocurrido, es solicitar “sin demora al Dicasterio competente el encargo de iniciar la investigación”. Así lo refleja el artículo 11 en el primer apartado de este motu proprio Vos estis Lux Mundi.
La investigación al obispo de Cádiz, a cargo del Dicasterio para la Doctrina de la Fe
A este respecto, desde la Conferencia Episcopal se ha informado de que ha sido el Dicasterio para la Doctrina de la Fe (es decir, Roma) quien ha decidido poner la causa en manos del Tribunal de la Rota de la Nunciatura Apostólica en España, tal y como confirmaba a primera hora de este lunes el propio Obispado de Cádiz y Ceuta.
Dice el documento publicado por el Papa Francisco en 2019 que el Dicasterio procederá “rápidamente y en cualquier caso dentro de los treinta días posteriores a la recepción del primer informe”, proporcionando las instrucciones oportunas sobre el proceder. Y esa primera decisión habría sido poner el caso en manos del Tribunal de la Rota.
Sí llama la atención que en el artículo 11.3 de ese motu proprio se dice que si el metropolitano considera el informe “manifiestamente infundado”, lo comunica al Dicasterio y salvo que reciba una disposición contraria, “lo archiva”. Algo que viendo el devenir de los acontecimientos que se han conocido este lunes no ha ocurrido.
Las denuncias por abuso de Rafael Zornoza ya están siendo investigadas por la Iglesia
De hecho, la Conferencia Episcopal confirma que el Tribunal de la Rota está investigando el caso denunciando por un antiguo seminarista de Getafe. Ese proceso de investigación contempla ahora la recogida de la información relevante sobre el caso y el acceso a la documentación que se considere oportuna.
Todo esto tiene como plazo máximo treinta días desde que se recibe el informe, aunque la norma eclesiástica abre la puerta a una solicitud de prórroga de este plazo. Será en este período (teniendo en cuenta que según el Obispado el Tribunal ya investiga la causa desde la pasada semana), cuando se conozca la resolución de Roma al respecto de esta denuncia contra Zornoza.
¿Y qué puede ocurrir? Según ese motu proprio de 2019, terminada la investigación el caso queda en manos del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, que resolverá “en conformidad con el Derecho de acuerdo con lo previsto para el caso específico”. También habla de la posibilidad de que se adopten medidas cautelares, que por el momento no se han producido.
Por tanto, el caso que está ahora en manos del Tribunal de la Rota de la Nunciatura Apostólica en España será resuelto, una vez acabe la investigación, por el Dicasterio para la Doctrina de la Fe. Aunque tanto en el plano civil como en el canónico, todo hace pensar que el caso está prescrito de cara a posibles penas; a lo que se une que Zornoza ya presentó su renuncia a Roma el verano de 2024 al cumplir los 75 años de edad que de manera orientativa, la Iglesia marca para la ‘jubilación’ de los obispos.
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