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21 meses de prisión para un hombre que engañó a sus compañeros pidiendo dinero para tratar el falso cáncer de su hija

Tribunales

21 meses de prisión para un hombre que engañó a sus compañeros pidiendo dinero para tratar el falso cáncer de su hija / D.C.

Un hombre ha sido condenado a 21 meses de prisión por delito de estafa continuada al conseguir que sus compañeros le dieran dinero para tratar el inexistente cáncer de su hija. La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Madrid confirma ahora la pena.

El juzgado considera como hechos probados que Santiago C.S., cabo del Ejército, tuvo intención de enriquecerse ilícitamente en 2019. El plan empezó cuando comunicó a un compañero que tenía problemas económicos para asumir el tratamiento que necesitaba su hija, a la que le habían detectado un cáncer de riñón. La versión del procesado era que las intervenciones médicas debían hacerse fuera de España, razón por la cual se encarecía más si cabe el proceso curativo.

Al conocer la situación, los compañeros crean un grupo de Whatsapp llamado 'Ayuda para la hija de Santi'. Ebn él se realizan aportaciones que van desde los 40 hasta los 1.000 euros. El condenado se hace con estas cantidades y las incorpora a su patrimonio, no teniendo la hija ninguna enfermedad grave como este había confesado a sus compañeros.

El TSJM rechazó el recurso de apelación de Santiago C.S. y confirmó la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid. El penado intentó defenderse del delito de estafa argumentando que él no solicitó la apertura de ese grupo de Whatsapp para recaudar. Con esto, intentó demostrar que no existió por su parte interés de hacerse con el dinero pese a que reconoce algunas mentiras y voluntad de llamar la atención en su relato.

En el comunicado difundido por el Consejo General del Poder Judicial se aclara que rechazan el argumento por lo siguiente: "se concitaron todos los elementos de la infracción por la que fue condenado (estafa continuada) el recurrente, en tanto ideó y puso en práctica un artificio con objeto de hacer pasar por cierta una situación que no lo era, como mecanismo para inducir a error a otros, abusando al paso de su buena fe y sentimientos de solidaridad, de tal forma que incurrieron en paladino error y realizaron traspasos patrimoniales en perjuicio propio y en beneficio del acusado, como consecuencia de la provocada equivocación". La resolución cabe recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

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