La nueva ley antifraude para evitar la evasión fiscal
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La ley antifraude entra en vigor el 11 de octubre de 2021 para combatir los software que llevan una contabilidad B, o lo que es lo mismo, las facturas sin declarar. El pasado 10 de julio se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) este proyecto de medidas de Prevención y Luchas contra el fraude fiscal.
La finalidad de esta normativa es terminar con la doble contabilidad y la facturación que altera las transacciones realizadas. Por lo tanto, no se permitirá tener programas o sistemas informáticos que manipulen los datos contables y de gestión.
¿En qué consiste la ley antifraude?
Esta ley perseguirá a aquellos empresarios y autónomos que tengan sistemas informáticos que no se ajusten a lo establecido. Esto quiere decir que el software de facturación o gestión contable debe garantizar la integridad, conservación, flexibilidad, accesibilidad e inalterabilidad de los registros. Si no fuera así, se puede sancionar con multas de 50 000 euros por ejercicio.
La ley antifraude hace especial referencia a la prohibición de la doble contabilidad, pero también incluye otras medidas para evitar la economía sumergida.
- La limitación de los pagos en efectivo a 1000 euros, aplicable tanto para particulares como empresas.
- La supresión de las ventajas fiscales que algunas Comunidades Autónomas (CC. AA.) concedían en los pactos sucesorios o las herencias en vida.
- El control del uso de las criptomonedas.
- Para aparecer como moroso en Hacienda, la deuda se ha rebajado a 600 000 euros.
- Los cambios en el impuesto de matriculaciones.
- Se prohíben las amnistías fiscales.
¿Cuáles son las infracciones para el software de doble uso?
Por lo tanto, se entiende que un software de doble uso es aquel que permite realizar las siguientes acciones:
- No se reflejan las transacciones efectuadas ni de forma parcial ni en su totalidad.
- Es un sistema que permite realizar contabilidades distintas.
- Las anotaciones y transacciones no coinciden.
- Se alteran las transacciones registradas.
- No hay garantía en la conservación, integridad, accesibilidad e inalterabilidad de los registros.
Por lo tanto, la tenencia de este tipo de programas es considerada como una infracción grave y está sujeta a cuantiosas multas, tanto para el distribuidor como para el mismo usuario.
Por otro lado, cabe señalar que hay empresas, que aún siguen gestionando sus negocios, mediante hojas de cálculo (Excel o Sheets, entre otras), esto era válido, pero la nueva ley dice que esta práctica ya no debe realizarse porque no cumple con los principios que la ley dictamina.
Se contemplan multas de 150 000 euros para las empresas que se encarguen de la fabricación, producción y comercialización de estos programas de gestión de doble uso. Una cuantía que se multiplicará por cada año de ventas.
Asimismo, se establecen multas de 50 000 euros para cualquier usuario que use este tipo de programas. Simplemente su tenencia, aunque no se utilice, ya es motivo de sanción. Igualmente, esta cuantía se puede multiplicar por cada año que transcurra.
En resumen, la ley antifraude lo que pretende es que las empresas adapten sus programas informáticos a esta nueva regulación para evitar que se cometa fraude fiscal.
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