De montar una jaima a encender un cámpin gas: estas son las multas más caras en las playas de Cádiz
La ordenanza municipal establece una serie de prohibiciones basadas en la convivencia social y el respeto al medio ambiente, cuyo incumplimiento puede acarrear multas de hasta 3.000 euros
No solo el viento o los atascos en las vías de acceso pueden aguar una jornada playa. Ahora que, además de los gaditanos, miles de veraneantes viajan hacia la costa para disfrutar de sus vacaciones de verano, cabe recordar que incumplir algunas de las normas básicas puede salir muy caro. De hecho, la ordenanza municipal de playas establece sanciones que pueden llegar hasta los 3.000 euros.
A principios de este mes de julio, una madre y su hija menor de edad fueron detenidas por agredir a un agente de la Policía Local, después de que este les instara a abandonar la playa de Santa María del Mar por jugar con pelotas, práctica que está prohibida fuera de las zonas habilitadas durante la temporada de baño, con el fin de evitar molestias al resto de los usuarios.
Más allá de este grave incidente, la normativa municipal —que está a punto de cumplir dos años desde su última revisión— establece una amplia serie de prohibiciones basadas en la convivencia social y el respeto del medio ambiente. En este sentido, y más si eres un turista que acaba de aterrizar, a continuación te detallamos qué acciones suponen una infracción y cuáles son las sanciones que acarrean en función de su gravedad.
Infracciones leves: derrochar agua o bañarse con bandera roja
El Ayuntamiento de Cádiz considera infracciones leves depositar residuos fuera de los contenedores, el empleo de champú geles en las duchas y lavapiés o el uso de aparatos de sonido que por su potencia sean susceptibles de causar molestias a otros usuarios. Todas estas conductas se castigan con sanciones que oscilan entre los 60 y los 750 euros. Otras infracciones leves son:
- Abandonar artículos, plásticos de un solo uso o envases de vidrio en las playas
- Fumar en las playas clasificadas como libres de humo y arrojar colillas en la arena o al agua del mar
- Pescar en la orilla durante la temporada de baño fuera de los horarios permitidos
- Abanadonar útiles de pesca como cebos o anzuelos
- La varada o permanencia de embarcaciones, tablas de windsurf, hidropedales o motos de agua fuera de las zonas señalizadas
- Bañarse en zonas delimitadas para la entrada y salida de embarcaciones o para la práctica de deportes náuticos
- Derrochar el agua de las fuentes, duchas y lavapiés
- La evacuación fisiológica en el mar o la playa
- Practicar deportes de pelota fuera de las zonas habilitadas durante la temporada de baño
- La presencia de animales de compañía
- Las acampadas o el estacionamiento de caravanas
- Hacer fuego en la playa
- Bañarse con bandera roja
- Transitar por los cordones dunares de Cortadura
Infracciones graves: aparcar el coche en la playa o encender bengalas
Las infracciones graves, por su parte, se castigan con multas que van de los 751 hasta 1.500 euros:
- Venta ambulante sin autorización
- Dañar los contenedores o el mobiliario de la playa
- Circular y estacionar vehículos
- Usar recipientes de gas a presión o cualquier otro líquido inflamable
- Usar bengalas y material pirotécnico
- Incumplir las órdenes de la Policía Local, socorristas o personal de salvamento
Además, la comisión de dos faltas leves en un año constituye asimismo una infracción grave.
Infracciones muy graves: se castiga la reincidencia
Finalmente, las infracciones muy graves conllevan una sanción de entre 1.501 y 3.000 euros:
- Instalar carpas u otras estructuras fijas o desmontables sin autorización
- Celebrar fiestas o actos sin previa autorización
- Circular con embarcaciones a menos de 200 metros de la costa
- Deterioro o menoscabo expreso de las instalaciones
La reincidencia en la comisión de dos faltas graves en un año o la reiteración de tres faltar graves en los últimos cuatro años supondrá también una infracción muy grave.
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