El Boletín Oficial del Estado aclaró el sábado lo que hasta ahora era un enorme interrogante. El artículo 9 de la orden del Ministerio de Sanidad que regula la Fase 1 de la desescalada establece con claridad que el culto en las iglesias, que ha regresado este lunes 11 de mayo con sólo un tercio del aforo y fuertes medidas de seguridad, queda limitado al interior de los templos. "No se podrá utilizar el exterior de los edificios ni la vía pública para la celebración de actos de culto", dice claramente el BOE.
Esta prohibición deja bien claro que por el momento no se pueden celebrar procesiones. Ni tampoco otros actos de culto como rosarios de la aurora, vía lucis, traslados ni nada que suponga que algo de carácter religioso ponga un pie en la calle. De hecho, la orden impide que se pueda utilizar siquiera el exterior del templo para nada.
Esto último, por ejemplo, impediría que la iglesia de Santo Domingo pudiera utilizar el denominado Compás, que realmente es un espacio de su propiedad pero que los dominicos mantienen su uso cedido a la ciudad (de ahí que la verja que lo rodea no esté cerrada en su totalidad). O también dificultará esa propuesta de celebración de la Octava de Corpus con la bendición con el Santísimo en las puertas de las iglesias al finalizar las misas del domingo 21 de junio, como indicaba el Obispado hace unos días.
Además de las procesiones, el Ministerio de Sanidad establece que deben evitarse los besamanos y besapiés. Algo, al igual que las procesiones, que parece lógico en el contexto actual y que hasta el momento han sido suspendidos en todos los casos por parte de las hermandades, antes incluso de que se declarara el estado de alarma el pasado 15 de marzo.
También recomienda el Ministerio que lidera Salvador Illa que las misas duren el "menor tiempo posible" y que se desarrollen sin coros, junto al resto de orientaciones ya conocidas sobre la limpieza, la asistencia a las iglesias con mascarillas o el mantenimiento de las medidas de distanciamiento entre personas.
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