El ubriqueño encarcelado por el 'caso talio' será juzgado en enero
El jueves, justo tres años después de la muerte de su esposa, se celebra una vista ante el recurso sobre vulneración del derecho a la libertad
El próximo jueves 11 de julio se cumple el tercer aniversario de la muerte de Laura Aróstegui en extrañas circunstancias en un hospital canario. Su marido, el ubriqueño Iván Ramírez, lleva casi el mismo tiempo en prisión provisional acusado por la Fiscalía y la acusación particular de asesinato. Sin embargo su defensa ha solicitado en reiteradas ocasiones su puesta en libertad ante, según explica su abogado José Álvarez, la falta de motivación de esta medida cautelar y "la total ausencia de indicios racionales de criminalidad para poderle imputar al señor Ramírez una conducta homicida" como argumenta en su recurso de apelación. Este se resolverá el mismo jueves en la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
La Audiencia Provincial de Gran Canaria también ha señalado ya el juicio oral con jurado popular, que comenzará el próximo 13 de enero. El abogado de Iván Ramírez, José Álvarez, se muestra convencido de que "un jurado profesional absolvería seguro" a su defendido y espera "que así sea también" con el popular, "aunque es un tema demasiado técnico", reconoce, para concluir que respeta lo que marca la ley. La vista se prevé que se alargue por espacio de dos meses.
En el extenso recurso de apelación, en el que se queja de las dilaciones en la causa y graves indefensiones a la defensa, considera que se vulnera el derecho fundamental a la libertad debido a que no existe riesgo de fuga ni puede inferir en las pruebas presenciales, como argumentan los autos que lo mantienen en prisión provisional, máxime cuando la investigación está absolutamente concluida. Por ello se solicita la puesta en libertad de Iván Ramírez, encarcelado cinco días depués de la muerte de su mujer, con medidas cautelares alternativas como la fianza, comparecencia en el juzgado, retirada de pasaporte o cualquier otra que consideren garantice el proceso.
La defensa argumenta además que las circunstancias desde el momento en que se acuerda su privación de libertad en julio de 2010 han cambiado y ponen en duda si la muerte de Laura Aróstegui fue natural o provocada. Recuerda que no es tarea de la defensa demostrar de qué falleció Laura, "nuestra exclusiva misión es acreditar que no falleció de una muerte homicida, y eso se ha efectuado", según recoge el recurso.
La defensa concluye que a Iván Ramírez se le mantiene en prisión "por ser la persona más cercana a la fallecida al ser su esposo y por ser enfermero de profesión y por tanto atribuirle un conocimiento de los efectos perjudiciales que para el organismo tienen la ingesta de fármacos, que él nunca administró, que se afirma por los forenses no pautados, lo que no obedece a la realidad". El positivo al talio resulta del primer análisis del Centro Militar de Farmacia de la Defesa. Sin embargo, posteriores análisis del mismo centro y del Instituto Nacional de Toxicología sitúan valores considerados normales. Por tanto, defienden que "no existe prueba suficiente que permita afirmar que nos encontremos ante una muerte homicida" ni indicios suficientes de criminalidad en el imputado.
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