El niño burbuja
Expertos defienden la "hiperprotección" a los menores ante el acoso de los medios de comunicación, sea cual sea su fama y sea cual sea el delito cometido
El periodista Javier Fernández Arribas ha realizado una encuesta entre 700 profesionales para conocer cuál es el trato que se le da a los menores en los medios de comunicación. Cierra su estudio con una reflexión: "Tratar al menor como si fuera tu propio hijo". Por supuesto, esto no se cumple. El Consejo Audiovisual de Andalucía ha emitido 28 resoluciones por vulneración del honor, la intimidad y la propia imagen de los menores.
Precisamente, el Consejo Audivosisual dedicó una jornada dentro de la maratoniana semana periodística gaditana a Los menores bajo el foco mediático. Miguel de la Rosa, fiscal adjunto de la sala de menores del Tribunal Supremo, fue uno de los ponentes que delimitó el perímetro en el que se pueden mover los periodistas cuando hay menores de por medio. Y la unidad de medida es el papel de fumar. "Existe una hiperprotección", reconoció. Un ejemplo: gran triunfo de Rivera Ordóñez en la corrida goyesca de Ronda. En la vuelta al ruedo, el torero coge a una niña de siete años y la pasea por el coso. Diluvio de flashes. La niña de Rivera Ordóñez sale en todas las televisiones de España, en la mayoría de los casos sin pixelar. Interpretaron que el torero daba un consentimiento tácito. No era así. Denuncia y condena a los medios.
De la Rosa narró cómo cuando se redactó el código en el que debían moverse los medios se entrevistaron con famosos. Uno de ellos le dijo: "A mí me da igual que pixelen la cara de mi hijo, lo que quiero es ejercer mi derecho a que nos dejen en paz. El otro día bajé con mi hijo al parque y me esperaban decenas de cámaras. Luego pixelaron el rostro, pero a mí ya me habían fastidiado la tarde". De la Rosa es tajante, el hijo de un famoso no tiene ninguna relevancia pública y debe ser tratado de la misma manera que el hijo de cualquier mortal.
Más peliaguado es el caso de menores juzgados por delitos graves, como fue el caso de las dos niñas que asesinaron a Klara García en San Fernando en el año 2000, poco después de la entrada en vigor de la Ley del Menor. "No cabe duda de que este caso tenía relevancia pública. La Audiencia, sin embargo, decidió celebrar el juicio a puerta cerrada porque esas menores seguían preservando su derecho a no ser reconocidas. Pero no se debe confundir esta doctrina tan estricta con un apagón informativo. A los fiscales se nos recomienda que informemos, aunque nunca en juicios paralelos televisivos, para evitar tratamientos desenfocados que generan alarma social y esa idea equivocada de que la ley del menor es un coladero".
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