Los casos en los que la Seguridad Social concede una jubilación anticipada por discapacidades y enfermedades 

Se trata desde trastornos del neurodesarrollo hasta enfermedades neurodegenerativas

La Seguridad Social alerta de un fraude que está afectando a miles de personas

Algunas discapacidades permiten la jubilación anticipada
Algunas discapacidades permiten la jubilación anticipada / Archivo

Los trabajadores que tengan una discapacidad igual o superior al 45% y hayan cotizado cinco años con la discapacidad reconocida pueden optar a la jubilación anticipada. Mientras que la edad ordinaria de jubilación en 2025 se sitúa en los 66 años y 8 meses, o en los 65 años para quienes acrediten 38 años y 3 meses cotizados, ciertos colectivos pueden retirarse mucho antes, incluso a los 52 años de edad, dependiendo del grado de discapacidad reconocido y la patología que padezcan.

En ambos casos, se requiere acreditar un mínimo de 15 años cotizados, de los cuales al menos 5 deben haberse trabajado con la discapacidad reconocida y bajo alguna de las patologías específicamente recogidas en la legislación.

Entre ellas se encuentran condiciones de diversa naturaleza, desde trastornos del neurodesarrollo hasta enfermedades neurodegenerativas. Estas son las enfermedades aprobadas a las que se permiten acceder a la jubilación anticipada por discapacidad:

  • Parálisis cerebral
  • Síndrome de Down
  • Síndrome de Prader Willi
  • Síndrome X frágil
  • Osteogénesis imperfecta
  • Acondroplasia
  • Fibrosis Quística
  • Enfermedad de Wilson
  • Trastornos del espectro autista
  • Anomalías congénitas secundarias a Talidomida
  • Secuelas de polio o síndrome postpolio
  • Traumatismo craneoencefálico
  • Secuelas de tumores del SNC, infecciones o intoxicaciones
  • Esquizofrenia
  • Trastorno bipolar
  • Esclerosis lateral amiotrófica
  • Esclerosis múltiple
  • Leucodistrofias
  • Síndrome de Tourette
  • Lesión medular traumática

Por su parte, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) propuso la inclusión de 11 nuevas enfermedades que podrían dar acceso a esta jubilación anticipada, lo que permitiría a las personas que las padecen retirarse a partir de los 52 años. Ante esa propuesta, fuentes del departamento de Seguridad Social han confirmado que se va a "analizar" y a "evaluar". Son las siguientes:

  • Artritis reumatoide
  • Encefalomielitis miálgica
  • Amiloidosis por Transtiretina variante (ATTRv)
  • Enfermedad de Huntington
  • Párkinson
  • Distrofia miotónica tipo 1 (enfermedad de Steinert)
  • Espina bífida
  • Fibromialgia
  • Inmunodeficiencias primarias
  • Lupus eritematoso sistémico
  • Esclerosis Sistémica

Para solicitar la jubilación anticipada, se deben cumplir además los siguientes requisitos: estar en alta o en situación asimilada a la alta y que a lo largo de su vida laboral se haya trabajado un tiempo efectivo equivalente, al menos, al período mínimo de cotización que se exige para poder acceder a la pensión de jubilación estando afectados por alguna de las patologías generadoras de discapacidad y, dentro de ese período, durante al menos cinco años, con un grado de discapacidad igual o superior al 45%.

stats