La inhabilitación de Juárez por los contratos, ratificada
El Supremo rechaza el recuso del ex alcalde de La Línea y de dos ex ediles y dice que nueve contrataciones fueron ilegales
El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de casación interpuestos por el ex alcalde de La Línea Juan Carlos Juárez y los ex concejales Manuel Aguilera y Alfonso González Carbonell, ratificando así la sentencia de la Audiencia Provincial que les condenó, por un delito de prevaricación, a siete años de inhabilitación especial para el empleo en la Administración y el desempeño de cargo público de concejal en el caso de los contratos. En 2011, la Audiencia consideró probadas irregularidades en la incorporación al Ayuntamiento de nueve personas vinculadas al Grupo Independiente Liberal (GIL). Aunque sospechaba de otras 105 contrataciones, finalmente admitió que no había datos concretos.
Este diario tuvo ayer acceso a la resolución del Supremo, apenas un día después de que se confirmara la absolución del ex primer edil en el caso Roseworld. La Sala de lo Penal del TS rechaza todos los argumentos esgrimidos por la defensa de Juárez en su recurso de casación, cuya inadmisión fue solicitada por el Ministerio Fiscal.
Así, expone que carece "del más mínimo fundamento" denunciar error de hecho en la apreciación de la prueba, ya que el recurso ni concretaba los posibles errores de la sentencia condenatoria ni los acreditaba. El Supremo discrepa de la defensa, que dijo que no había delito de prevaricación, y desestima también que hubiese vulneración del derecho de presunción de inocencia de Juárez, a pesar de que la defensa entendía que no existían "elementos incriminatorios" suficientes. Sin embargo, el Supremo recoge que la parte recurrente "no se molesta en rebatir la pluralidad de pruebas directas e indirectas que se consignan en la motivación fáctica de la sentencia, que fundamenta tanto la participación del acusado en los hechos como los elementos probatorios que confirman la manifiesta injusticia y arbitrariedad de las resoluciones ".
Agrega la Sala de lo Penal que también quedó acreditado que la selección de esos nueve contratados "se hizo al margen de la legalidad, vulnerando los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad exigidos en todo caso, (...) tanto porque dos acusados formaron parte del comité en esos supuestos e indicaron haber realizado un proceso de selección que realmente no se hizo, como porque el alcalde firmó los decretos de los contratos conociendo la ausencia del proceso y las circunstancias personales de los contratados".
"Es de destacar que tres de los contratados se habían presentado a las elecciones con el partido GIL y no habían sido elegidos. Se trataba por tanto de compañeros de candidatura de los tres concejales, por lo que no resulta racionalmente comprensible que los acusados no supiesen a quién contrataba", expone la resolución, que dice que Juárez, Aguilera y Carbonell "sabían lo que hacían y quisieron hacerlo".
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