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Cultura elimina la protección al edificio de la Aduana de Cádiz, que ya se puede derribar

La decisión de la Junta se apoya en nuevos informes que contradicen el documento de 2008 que provocó la inclusión del edificio en el Inventario de Bienes del Patrimonio Histórico Andaluz

"El edificio de la Aduana no tiene valor"

Fachada del edificio de la Aduana en la plaza de Sevilla, en Cádiz. / Jesús Marín

La Delegación Provincial de Cultura de la Junta en Cádiz ha aprobado la cancelación de la inclusión del edificio de la Aduana en el Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz.

Esta decisión, emitida tras un largo y garantista proceso administrativo, va a permitir el derribo del edificio de la Aduana Nueva, tal y como estaba previsto en el plan de reordenación de la Plaza de Sevilla, y permite cerrar un conflicto abierto desde 2009, cuando la propia Junta aprobó la protección del edificio.

En aquel momento se dieron dos circunstancias para que la Junta incluyese la Aduana en este inventario. Por una parte, la efectiva labor realizada por un colectivo ciudadano que creó, con éxito, una plataforma para proteger el edificio, defendiendo su valor histórico y arquitectónico. Y, por otra, la situación política en aquel año cuando la Junta gobernada por el PSOE estaba enfrentada al Ayuntamiento de Teófila Martínez.

Lo cierto es que pocos años más tarde, en 2014, la propia Junta socialista asumió que fue un error dar este paso, y que el edificio no contaba ni con el valor histórico ni el arquitectónico defendido cinco años antes.

Sin embargo, ha tenido que pasar más de una década para que la Consejería de Cultura corrigiese lo realizado en 2009, abriendo con ello la posibilidad del derribo de la Aduana, que en todo caso corresponde a otras administraciones públicas.

Lo cierto es que este proceso ha sido largo y administrativamente complicado. Especialmente porque desde el primer momento desde la Delegación Provincial de Cultura (que desde mayo de 2022 tiene la competencia para la tramitación y resolución de este procedimiento de exclusión), ha sido especialmente garantista en defensa de todos los derechos, tanto de quienes defendían la permanencia de la continuidad del edificio como de quienes querían su demolición.

Fue en junio de 2021 cuando el pleno del Ayuntamiento instó a la Junta a iniciar el expediente de descatalogación de la Aduana.

Se apoyó entonces el Ayuntamiento en nuevos informes de especialistas realizadas tras la catalogación de 2009, y que entraban en conflicto con la entonces decisión de Cultura.

Cuatro años más tarde, en junio de 2025, el Ayuntamiento reiteró esta petición, reforzando la misma con nueva documentación.

Los nuevos informes sobre el edificio cambiaron la decisión de la Junta

El asunto se trasladó en octubre de 2025 a la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico, que estimó favorablemente el inicio del procedimiento de cancelación de esta protección, apoyándose en los nuevos informes sobre el valor del edificio. “A fin de ofrecer un procedimiento lo más garantista posible y con mayor rigor que el que se siguió para su inclusión en el Inventario, se determina la ejecución de los mismos actos administrativos que habrían sido necesarios si se tratara de la cancelación de la inscripción de un Bien de Interés Cultural”, destaca el informe administrativo al que ha tenido acceso este diario.

Con el visto bueno de la Comisión de Patrimonio, la Delegación Provincial de Cultura incoó el procedimiento para la cancelación, abriendo un periodo de información pública de un mes. También se concedió un trámite de vista y audiencia del expediente, sin que se presentasen solicitudes de acceso ni alegaciones al mismo.

Todo el proceso volvió de nuevo a la Comisión de Patrimonio el pasado 12 de enero. Esta emitió un informe favorable a la cancelación del inmueble en el Inventario del Patrimonio Histórico Andaluz.

Tras este largo proceso, se destaca que los informes presentados por el Ayuntamiento “contradicen el informe de febrero de 2008 que motivó su propia inclusión y desvirtúan, por tanto, la imputación del interés considerado en el inmueble para su reconocimiento como parte del citado inventario, por lo que se estima procedente cancelar la inclusión del Bien en el mismo”.

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