Estas son todas las novedades en la Declaración de la Renta 2026

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Oficina de la Agencia Tributaria / Carlos Luján

Con la primavera asomando, vuelve a aparecer en el horizonte una de las gestiones que más conversaciones genera en las colas del banco: la Declaración de la Renta. Es ese momento del año de rebuscar facturas, repasar borradores y confiar en que el resultado final sea un alivio para la cuenta corriente.

La campaña de este 2026 no es un trámite más; llega con novedades de peso, especialmente para quienes andan con el presupuesto más ajustado o se encuentran en situación de desempleo.

Una de las grandes novedades

El pasado año, la Agencia Tributaria abría el plazo para presentar la declaración de la renta el 2 de abril, no obstante, este año, el calendario oficial se abre el 8 de abril. A partir de ese día se abre el plazo para presentar los papeles a través de internet, dejando el 30 de junio como último día para presentar la renta por cualquier vía.

Dejar el trámite para última hora suele traer más quebraderos de cabeza que soluciones, sobre todo cuando el sistema se satura o faltan documentos que no aparecen por ninguna parte. Por eso es importante la previsión, si hay margen de tiempo suficiente se podrá tener toda la información completa y sin sustos.

Cambio en el IRPF para los que ganan más

Hacienda ha decidido que quienes más tienen aporten un extra al bote común. Se estrena un nuevo tramo en el impuesto sobre el ahorro que no pasará desapercibido en las rentas más altas. Las ganancias que superen los 300.000 euros anuales —ya sea por la venta de acciones, el cobro de dividendos o intereses bancarios— pasan de tributar al 28% para hacerlo al 30%.

Para el resto, la situación sigue sin cambios significativos. El tramo inicial se mantiene en el 19% para beneficios de hasta 6.000 euros. Es decir, el ajuste va directo a los patrimonios más altos del país, mientras que el ahorro pequeño de cualquier familia se queda exactamente como estaba el año pasado, sin sobresaltos imprevistos en este sentido.

¿Quiénes están exentos de hacer la Declaración de la Renta?

Una de las noticias más destacadas de esta campaña es la exención para quienes cobran el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Quienes no lleguen a los 16.576 euros anuales quedan libres de la obligación de declarar. Esto supondrá un gran alivio para miles de personas.

Además, quienes tengan sueldos próximos al SMI podrán beneficiarse de una deducción específica pensada para reducir la presión fiscal. Esta ayuda puede alcanzar hasta 340 euros, aunque se va reduciendo a medida que aumentan los ingresos y desaparece al superar aproximadamente los 18.000 euros anuales.

El objetivo de esta medida es evitar que los salarios más bajos soporten una carga tributaria desproporcionada y fomentar que la declaración salga a devolver en estos casos.

Cambios para los desempleados

Otra novedad importante afecta a quienes perciben prestaciones por desempleo. Hasta ahora, muchas personas en paro estaban obligadas a presentar la declaración independientemente de su situación económica.

A partir de esta campaña, los beneficiarios del paro solo tendrán que declarar si superan los límites generales de ingresos, igual que cualquier otro contribuyente. Es decir, cobrar la prestación ya no implica automáticamente tener que rendir cuentas ante Hacienda.

Este cambio simplifica el proceso para miles de desempleados y evita trámites innecesarios cuando los ingresos son reducidos.

Revisar bien el borrador

Es importante revisar bien todos los datos que aparecen en el borrador de la renta para evitar sustos o disgutos, sobre todo, aquellas personas que tengas varios pagadores, ingresos por alquileres o ganacias patrominciales.

Los expertos recomiendan comprobar con calma los datos fiscales y las deducciones aplicables, ya que un pequeño error puede suponer pagar de más o perder una devolución importante.

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