Servicios Municipales

En marcha en San Fernando el registro auxiliar para la oficina de consumo

  • El Ayuntamiento adapta el procedimiento a la nueva normativa, lo que implica que la OMIC analice el conflicto y exponga una solución

Las telecomunicaciones son el principal sector con reclamaciones.

Las telecomunicaciones son el principal sector con reclamaciones. / D.C.

El Ayuntamiento tiene ya en funcionamiento el nuevo registro auxiliar de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) para cumplir con la nueva normativa con la que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en Andalucía y su tramitación administrativa.

El Ayuntamiento ha tenido que adaptar el procedimiento administrativo y desde de diciembre trabaja con el nuevo registro auxiliar. De hecho, en este tiempo ya se han registrado un total de 90 expedientes de quejas o reclamaciones. Hasta 1.077 reclamaciones se pusieron en 2019.

Con este nuevo decreto, explica el gobierno municipal, se corrige la confusión que había al existir diversos mecanismos administrativos de reclamación, y aplica un nuevo modelo de hojas de quejas y reclamaciones que es más sencillo y fácil de rellenar. A ello se suma la obligación de las empresas de dar una respuesta más completa, útil y detallada a los consumidores, lo que permitirá que muchos de los conflictos se solucionen entre las partes sin necesidad de dar cuenta a la administración.

La nueva normativa ofrece, por tanto, una herramienta más a las personas consumidoras y a las oficinas de consumo para intentar solucionar los conflictos, mediante la presentación por un registro administrativo de las hojas de quejas y reclamaciones. A partir de ahora la oficina de consumo analizará el conflicto, propondrá una solución o justificará la imposibilidad de alcanzarla, intentará lograr un acuerdo y, en última instancia, asesorará a la persona consumidora sobre la mejor vía para garantizar sus derechos.

La nueva normativa fija plazos máximos en cada uno de los trámites. Por ejemplo, la empresa reclamada deberá responder por escrito en el plazo máximo de 10 días desde la presentación de la reclamación y tendrá que ofrecer una respuesta más amplia, proponiendo una solución al conflicto en caso de que la haya o justificando que no la ofrezca. Además, deberá pronunciarse expresamente sobre si acepta o rechaza la mediación o el arbitraje de consumo.

La OMIC lleva desde enero ofreciendo cita previa que puede pedirse por el momento en la oficina.

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