EL Juzgado de lo Contencioso de Cádiz ha condenado al Ayuntamiento de El Puerto de Santa María a indemnizar con 4.500 euros por lo que considera "ruido de infarto" en la Motorada de 2005. La sentencia contiene matices importantes, pues se basa en informes oficiales del Seprona de la Guardia Civil y de la Consejería de Media Ambiente, que consideran "intolerables" los ruidos que genera y que afectan a los derechos a la salud y el descanso de los vecinos. Además, el Juzgado estima que la Motorada "es una fiesta que carece de raíz o arraigo histórico o popular". Es decir que no se trata de una costumbre, sino que se la han inventado en los últimos años contra los derechos legítimos de los vecinos, que incluso han debido " mudarse temporalmente" ante los abusos que sufrían. Y todo ello con la connivencia pasiva del Ayuntamiento de El Puerto, entonces gobernado por Independientes Portuenses. En ese sentido, la inacción de las autoridades supone una auténtica dejación de funciones, ya que está probado que se cometieron infinidad de infracciones sin que hubiera el suficiente control de los vehículos. Esta sentencia es ya la segunda sobre este asunto. El primer caso, la denuncia que presentó José Antonio Navalón, referido a la Motorada de 2001, llegó hasta el Tribunal Supremo y obligó al Ayuntamiento de El Puerto a pagar 760 euros por los daños morales que sufrió el denunciante. La sentencia que ha llegado ahora, tras la denuncia de José Peña, establece una indemnización de superior cuantía y, por encima de todo, confirma una jurisprudencia muy clara en este asunto, que se pone del lado de los vecinos afectados. Si el Ayuntamiento de El Puerto replanteó la celebración de la Motorada, con la impunidad que tenía, se debe tener en cuenta que los abusos no han terminado y que la presentación de eventuales denuncias en el futuro obligan a tomárselo más en serio. Las sentencias salvaguardan los derechos de los vecinos y nos recuerdan que durante los días de la Motorada también hay normas de tráfico.

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