Larga cambiada

Carlos Benjumeda

cbenjumeda@diariodecadiz.com

Una patada hacia delante

La decisión de recurrir la anulación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) decretada por sentencia judicial del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) puede parecer acertada, pero no está exenta de riesgos. Como se suele decir de manera coloquial, con la decisión aprobada en Pleno se da una patada adelante al problema, ganando tiempo y aplazando la resolución definitiva. Ese momento llegará tarde o temprano, en un plazo de entre dos y cuatro años, en caso, por supuesto, de que sea admitido a trámite el recurso de casación elevado por el Ayuntamiento.

Por ahora, como efecto de la interposición del recurso, miel sobre hojuelas: sigue en vigor el Plan General de 2012, con lo que los inversores y las ARGs obtienen una “seguridad jurídica” que en teoría permitirá a quienes tienen proyectos en marcha seguir con sus planes de urbanización y a las ARGs continuar con el proceso de regularización y la construcción de infraestructuras. Sin embargo, a tenor de lo ocurrido en otras ciudades, pueden surgir problemas imprevistos.

Según algunos juristas, el Supremo ha restringido las causas de admisión de los recursos de casación, estableciendo una mayor exigencia, por lo que los promotores deberían ser cautos, ya que en caso de no ser admitido el recurso (en el plazo de un año) se volvería al Plan General de 1992, y aquello que hubieran llegado a construir quedaría fuera de ordenación, con todo lo que ello implica (en teoría no se podría seguir edificando).

En caso de que el recurso de casación sea admitido a trámite, el plazo para ejecutar los proyectos se alargaría hasta contar con la resolución definitiva, que tardaría de dos a cuatro años. La perspectiva también tiene sus riesgos. Hay antecedentes. En algunas ciudades donde también se anuló el PGOU por sentencia judicial, se recurrió y el Tribunal Supremo confirmó el fallo, hubo promociones terminadas que no pudieron acceder a la licencia de primera ocupación, viéndose además el ayuntamiento desbordado por denuncias de promotores y particulares. La única posibilidad exenta de riesgos es que el fallo del Tribunal Supremo sea favorable al recurso de casación, para lo cual deberá estar muy bien argumentado. En ese caso, la patada hacia delante habrá merecido la pena.

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