Confirmada la condena a dos jóvenes que propinaron una paliza a otro en El Puerto

Tribunales Cádiz

Audiencia Provincial de Cádiz, donde está previsto que se celebre la vista oral.
Audiencia Provincial de Cádiz, órgano que condenó en primera instancia. / Julio González

Cádiz/El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena de la Audiencia Provincial de Cádiz a dos hombres por propinar una paliza a un joven en una reyerta producida a la salida de un local de ocio en El Puerto de Santa María.

Según la sentencia, difundida por el gabinete de prensa del TSJA, 3 de junio de 2018, sobre las 5:30 horas de la mañana, los condenados, F. y B., iban con una pandilla de amigos cuando se cruzaron en la avenida de Fuentebravía con otro grupo de chavales, entre los que se encontraba J., la víctima.

En un momento dado, "los varones de los dos grupos se increparon". Según declararon los procesados en la vista oral, los insultaron con expresiones racistas tales como "negro" y "machupichu". Entonces se originó una pelea en la que F. y B., "de común acuerdo y con unidad de acción", golpearon repetidamente con puñetazos a J., quien a consecuencia de los golpes cayó al suelo varias veces, aunque consiguió levantarse.

No obstante, en uno de los ataque, F. propinó un fuerte puñetazo en el rostro a la víctima, que volvió a caer al suelo y "se golpeó la cabeza con el asfalto de la carretera". En ese momento, "quedó inconsciente", circunstancia que fue aprovechada por B. "para darle una fuerte patada en la cabeza como si fuera un balón de fútbol", dijo un testigo durante el juicio.

A consecuencia de los repetidos golpes recibidos y del impacto contra el suelo, J. sufrió numerosas lesiones, entre ellas, traumatismo craneoencefálico con otorragia del oído izquierdo y tres focos contusivos-hemorrágicos, uno a nivel frontobasal derecho, otro de mayor tamaño frontotemporal izquierdo y otro de menor tamaño temporal izquierdo adyacente al peñasco.

Para recuperarse de estas heridas, el damnificado precisó de ingreso hospitalario, reposo, analgésicos, antiinflamatorios y tratamiento psiquiátrico, medidas todas éstas que se prolongaron durante 180 días.

Algunas de las secuelas que hoy sufre la víctima son trastorno cognitivo y daño neurosensorial, síndrome frontal, trastorno de la personalidad, alteración de las funciones cerebrales, pérdida del gusto, del olfato y de la audición en el oído izquierdo, mareos y vértigos.

Los procesados, de 22 y 27 años respectivamente, presentaron recurso de apelación ante el TSJA por error en la valoración de la prueba, culpando un acusado a otro de la autoría del puñetazo que hizo caer a la víctima al suelo. Asimismo, alegaron que los daños ocasionados fueron fruto de "una desafortunada caída" en una riña en la que "todos participaron".

El TSJA ha desestimado el recurso y ha señalado que "el grave desenlace sufrido por la víctima fue debido a los golpes propinados por ambos encausados, golpes que le llevaron a caer más de una vez hasta que, a consecuencia de un fuerte puñetazo, se precipitó al suelo golpeándose la cabeza", lo cual ha quedado acreditado tanto para la Audiencia Provincial como para el Alto Tribunal andaluz, que ha confirmado la condena impuesta en primera instancia.

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