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Los condenados por un alijo en un patrullero irán al Tribunal Supremo

La defensa de los dos cabos sostiene que no hay pruebas de que el hachís hallado en el barco en San Fernando fuese suyo

El patrullero P-114, en una fotografía distribuida por la Armada.
T. Ramos Cádiz

18 de enero 2013 - 05:01

Los dos cabos de la Armada condenados a cinco años de prisión por utilizar un patrullero de la Armada para transportar un cargamento de 224 kilos de hachís presentarán un recurso de apelación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia dictada por el Tribunal Militar Territorial Segundo, con sede en Sevilla.

El hachís fue localizado en San Fernando en marzo de 2008. Estaba escondido en el interior de un barco militar, el patrullero P-114, que procedía de Ceuta y acababa de atracar en el muelle del Arsenal de La Carraca.

La sentencia estima probado que los dos militares traficaban con ese hachís. Pero Miguel Torres y José Manuel Jareño, abogados de uno de los cabos, consideran que no hay pruebas de que los dos procesados y condenados participasen en la operación de narcotráfico que investigaba la Policía desde que le llegaron noticias de que alguien de la tripulación del patrullero P-114 podía estar transportando hachís en ese barco.

Los letrados sostienen que los cabos no tienen relación alguna con el cargamento de hachís y que han sido condenados con pruebas indiciarias, insuficientes para acreditar el delito, que fueron interpretadas de forma errónea por el tribunal.

La sentencia considera probado, por el contrario, que los dos militares aprovecharon un turno de guardia en el patrullero para ocultar la sustancia estupefaciente en siete bolsas de deporte y una mochila que rociaron con amoniaco para intentar disimular su olor.

El tribunal afirma en la resolución que los investigadores de la Udyco documentaron todos los pasos de los dos procesados y que la Policía alertó desde Ceuta de sus intenciones a La Carraca, donde fue arrestado uno de los condenados a bordo de la embarcación, en la que habían ocultado la droga.

El hachís, explica la sentencia, estaba "perfectamente" almacenado "en los tambuchos de defensas y cabuyería, para lo que se requería un detallado conocimiento de la utilización que se hacía de los compartimentos y de su distribución", argumenta el tribunal.

La sentencia estima que los dos cabos cometieron un delito contra la salud pública (tráfico de hachís) y otro contra los deberes del servicio a bordo o de ayudas a la navegación. Además de imponerles cinco años de prisión, el tribunal condena a los dos militares a la pérdida de empleo.

Ambos se encuentran en libertad. Uno de ellos permaneció unos tres meses en prisión preventiva. La primera sentencia sobre el caso llega casi cinco años después de los hechos porque, entre otras cosas, la Justicia empleó dos años en decidir si el juicio lo celebraba un tribunal civil o uno militar. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de San Fernando abrió diligencias sobre este asunto. Pero el Juzgado Militar de Ceuta le pidió que se inhibiese y fue el Tribunal Supremo el que decidió.

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