Urbanismo

La propiedad de Cielo 79 se libra de una multa por un defecto de forma en el informe técnico municipal

  • La asesoría jurídica de Urbanismo ha aconsejado estimar el recurso de la empresa  por un error en el expediente

  • El pasado fin de semana hubo nuevos desprendimientos en la finca

Nuevos desprendimientos hace unos días en la finca ubicada en  Cielo 79.

Nuevos desprendimientos hace unos días en la finca ubicada en Cielo 79.

La edil de Urbanismo, Danuxia Enciso, ha dictado un decreto mediante el cual se admite el recurso presentado por la propiedad de la finca ubicada en Cielo 79, la empresa  Vela Reoco S.L., quedando por tanto sin efecto la multa coercitiva impuesta el pasado mes de junio, por importe de 16.500 euros.

Este decreto se firma siguiendo la recomendación del informe del asesor jurídico del servicio municipal de Disciplina Urbanística, que estima que en la tramitación de la citada sanción se ha producido un defecto en cuanto a la motivación de la misma, atendiendo en este caso al importe de las obras de emergencia que la propiedad debía ejecutar, considerándose el mismo "arbitrario".

La finca en cuestión, en la que residen varios inquilinos, ya arrastraba varias multas impuestas al anterior propietario, aunque este se declaró en concurso de acreedores y las multas nunca llegaron a cobrarse. Esta nueva multa ahora desestimada era la primera  impuesta a la nueva propiedad, por no haber ejecutado las obras de mejora necesarias en la finca.

En concreto, el informe del asesor jurídico que ha motivado esta suspensión de la multa argumenta que en este caso "la valoración de la finca con relación a la que se establece la multa coercitiva no resulta expresamente recogida en la resolución". También se indica que los informes técnicos emitidos en septiembre de 2019 y en marzo de 2020  no contienen referencia alguna a los criterios de valoración empleados  para determinar el presupuesto estimado de las obras necesarias, una vez realizados unos primeros trabajos de emergencia que fueron efectivamente llevados a cabo (entre ellos el cubrimiento de la fachada con una malla y la colocación de puntales).  Se insiste, por lo tanto, en un "defecto de motivación" del informe elaborado por los técnicos de Urbanismo.

Curiosamente, casi a la vez que los inquilinos conocían esta decisión se registraba en la finca un nuevo incidente, debido al pésimo estado de la finca, con un desprendimiento de cascotes a la entrada de la misma.

Los inquilinos lamentan la "indefensión" en la que se encuentran y denuncian, una vez más, la "pasividad" de Urbanismo,  ya que consideran que el informe municipal deficientemente argumentado ha sido la causa de este decreto estimando el recurso de la empresa.

Ahora los inquilinos volverán a presentar la pertinente denuncia, con lo que todo el proceso deberá comenzar de nuevo con el objetivo de que la propiedad repare los graves daños que sufre la finca.

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