No se puede jugar al dominó pero los rocieros sí pueden tirar cohetes en Sevilla

25 de julio 2014 - 16:06

Ordenanza de Ruidos de Sevilla. Genial. No se puede jugar al dominó porque se hace ruido en la mesa. No se puede hablar alto en terrazas y veladores. Pero no hay límite para bandas de música en las procesiones ni para que los rocieros tiren cohetes. El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla que se celebrará de mañana viernes aprobará de forma definitiva la nueva Ordenanza de Ruidos que sustituirá a todas las normativas vigentes al respecto y que introduce numerosos cambios. La normativa, que lleva un año paralizada por falta de consenso, introduce algunos aspectos curiosos. 1.- Jugar al dominó y a los dados En la zona de veladores queda expresamente prohibido cualquier tipo de juego o actividad susceptible de generar ruido de impacto, por ejemplo dados, dominó y similares. 2.- Beber de pie junto a los veladores Se prohibe servir comidas o bebidas al público cuando éste las consuma de pie en el exterior junto a la ventana mostrador que pueda disponer el establecimiento principal, ventana que sólo podrá ser utilizada por el camarero. 3.- Dar acelerones con los coches en la vía pública Se prohíbe forzar los vehículos con aceleraciones innecesarias por ser causa de contaminación acústica, y en general toda incorrecta utilización o conducción de los mismos que dé lugar a la generación de ruido innecesario o molesto. Estas infracciones serán sancionadas directamente sin necesidad de realizar comprobación acústica alguna. 4.- Precauciones en el uso de electrodomésticos El funcionamiento de electrodomésticos, receptores de televisión y equipos de sonido no deberá causar molestias por ruido en la vecindad. 5.- Las campanas no podrán dar las horas Quedan prohibidas las señales acústicas horarias procedentes de cualquier emisor acústico, cuando supere el límite de inmisión de ruido en el exterior, en fachada de edificios de viviendas. Se exceptúan las señales acústicas horarias de fin de año y también los toques de campanas en las iglesias para llamar a las misas. 6.- Equipos de música en las calles Se prohíbe hacer funcionar equipos de música en vehículos a un volumen manifiestamente excesivo, generando molestias que por su intensidad y persistencia resulten inadmisibles a juicio de los agentes de la Policía Local. 7.- Se permiten bares y discotecas junto a viviendas Se permite la instalación de bares con música y discotecas en edificios colindantes a las viviendas siempre que no compartan la estructura.

No hay comentarios

Ver los Comentarios

También te puede interesar

Lo último