Cádiz CF

Revés en los tribunales para Gaucci, Manzano y De Bono

  • La Audiencia Provincial estima en parte el recurso de la Fiscalía y declara el concurso "culpable" en lugar de "fortuito"

Manzano (i) y Gaucci posan con Muñoz el día del relevo al frente del club.

Manzano (i) y Gaucci posan con Muñoz el día del relevo al frente del club. / J.P.

La actualidad puramente deportiva del Cádiz Club de Fútbol SAD lleva unos años conviviendo casi a diario con las noticias judiciales relativas a la entidad amarilla, ya sea de una manera directa o por referirse a antiguos o actuales dirigentes.

Ahora le toca el turno a la relación años atrás del club con tres personas que llevaron las riendas del mismo durante un tiempo, el conocido como la etapa de los italianos. El trío de marras lo componen Gabriele de Bono, Alessandro Gaucci -ambos de la referida nacionalidad- y el español Florentino Manzano, que ocupó el cargo de presidente.

La sección 5ª de la Audiencia Provincial de Cádiz ha dictado una sentencia, fechada el pasado 30 de diciembre de 2019, en la cual estima en parte el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal, al que se adhirió la administración concursal de la mercantil Cádiz Club de Fútbol SAD, contra la sentencia de 25 de abril de 2018 dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Cádiz en la cual fue declarado "fortuito" el concurso del Cádiz CF SAD.

En el fallo recogido en la sentencia de la Audiencia Provincial aparecen cuatro puntos, que son los siguientes:

- Se declara el concurso "culpable" en lugar de fortuito.

- Se declaran personas afectadas por la calificación culpable a Florentino Manzano, Alessandro Gaucci y Gabriele de Bono.

- Se condena a las personas afectadas por la calificación culpable a la sanción de inhabilitación para administrar los bienes ajenos durante un periodo de dos años, así como para representar a cualquier persona durante el mismo periodo.

- Se condena a las personas afectadas por la calificación culpable a la pérdida de cualquier derecho que tuvieran como acreedores concursales o de la masa y a devolver los bienes o derechos que hubieran obtenido indebidamente del patrimonio del deudor o hubiesen recibido de la masa activa.

Cabe reseñar asimismo que no se hace una expresa imposición de las costas causadas en ambas instancias.

La sentencia de la Audiencia Provincial se halla rubricada por Carlos Ercilla (presidente) y los magistrados Ángel Sanabria y Nuria Auxiliadora Orellana.

Inhabilitación por dos años para los tres ex dirigentes de la entidad amarilla pero no se les condena a indemnizar económicamente

En su recurso de apelación, el Ministerio Fiscal solicitaba para Alessandro Gaucci y Gabriele de Bono la inhabilitación para administrar bienes ajenos por cinco años y la condena a indemnizar a la concursada (Cádiz CF SAD) la cantidad de 1.339.782 euros por las pérdidas de los ejercicios 2012-13 y 2013-14; y respecto a Florentino Manzano su petición consistía en la inhabilitación para administrar bienes ajenos por tres años y en la condena a indemnizar a la concursada en la cantidad del 20% de las pérdidas de los ejercicios 2012-13 y 2013-14, calculadas por la administración concursal en 1.339.782 euros.

De ahí que se aclare en la sentencia que el recurso se estima tan solo en parte, pues la solicitud del Ministerio Fiscal en lo que se refiere a la inhabilitación para administrar bienes ajenos comprendía un periodo de más años y también recogía peticiones de indemnizaciones no concedidas en los tres casos. Sobre esto último, en la sentencia de la Audiencia Provincial se refleja explícitamente que "no procede condenar a las personas afectadas por la calificación culpable en concepto de indemnización de daños y perjuicios".

Es importante recordar que originalmente el Cádiz CF SAD presentó la demanda contra Manzano, De Bono y Gaucci además de los administradores concursales, aunque tiempo después se produjo un desestimiento de la entidad amarilla en lo que respecta a los tres administradores concursales.

En la junta de accionistas del pasado 28 de diciembre, curiosamente dos días antes de la fecha de la sentencia de la Audiencia Provincial, se votó a favor de una acción social de responsabilidad, requisito que faltaba para poder presentar una demanda de responsabilidad social contra Manzano, De Bono y Gaucci.

En el seno del club no hay dudas de que esa demanda se interpondrá en breve, pensándose que la reciente sentencia de la Audiencia Provincial supone un refuerzo para la decisión de los dirigentes del Cádiz CF SAD de pedir responsabilidades en forma de indemnizaciones económicas.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios