Condenado a cuatro años por fotografiar a dos menores desnudas y abusar de una de ellas
La pena impuesta por la Audiencia es muy inferior a la que planteó el fiscal, que pidió 21 años de cárcel
La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a un hombre a cuatro años y medio de prisión por fotografiar a dos menores desnudas y abusar sexualmente de una de ellas. La pena impuesta por el tribunal gaditano es sensiblemente inferior a la que solicitó el fiscal del caso, que planteó 21 años de cárcel. En este procedimiento no ha habido acusación particular y de la defensa se ha encargado el letrado Jesús Martialay.
La sentencia, que no es firme y puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, da por probado que un vecino de Cádiz, de 32 años de edad a la fecha de los hechos y sin antecedentes penales, se dedicaba a fotografiar a jóvenes en su domicilio, siendo frecuente que contactaran con él o éste con las chicas a través de la red social Instagram. En algunas ocasiones el ahora condenado utilizaba esta actividad como pretexto para captar a menores de edad y satisfacer sus deseos lúbricos.
Así, en el mes de diciembre de 2015 el acusado envió un mensaje vía whatsapp a M.,una menor de 15 años a la que había conocido con ocasión de acompañar a una amiga a una sesión de fotografías. La invitó a acudir a su domicilio particular para hacerle un reportaje gratuito. Tras varias negativas, la chica aceptó ante la insistencia del procesado y acudió a finales del mes de enero. Entonces la retrató vestida de calle y sin insinuarle que debía estar desnuda.
Posteriormente, cuando el fotógrafo se había ganado la confianza de la niña, quedaron para hacer otro reportaje el 26 de marzo de 2016. Sobre las 16:30 horas de ese día la menor acudió de nuevo a la casa del procesado, quien la condujo hasta uno de los dormitorios con una cama de matrimonio y con la pared pintada de color rojo.
La resolución judicial señala que durante la sesión el fotógrafo ofreció a la menor que bebieran chupitos de una bebida de muy alta graduación alcohólica, Absenta. La joven bebió un total de cinco chupitos, por lo que comenzó a sentirse mareada y obnubilada.
En el transcurso de esa tarde el acusado le dijo que se vistiera sólo con un body transparente de encaje negro, con el que la retrató en varias ocasiones. Asimismo, le indicó que se tenía que echar aceite de coco para que la piel saliera más brillante en las imágenes; y así la hizo recostarse en la cama para luego abusar sexualmente de ella.
Como la víctima se encontraba mareada y comenzó a vomitar, pidió al procesado que la acercara a las inmediaciones de una plazoleta donde había quedado con unos amigos, cosa que el joven hizo.
De otra parte, el 4 de febrero de 2016 el acusado envió un mensaje mediante la citada red social a E., que entonces tenía 17 años, ofreciéndole la realización de un reportaje. Tras una primera sesión en la que la menor fue acompañada de su madre, a la semana siguiente acudió sola al domicilio del fotógrafo. En esta ocasión, y siendo consciente de su minoría de edad, le dijo que para el reportaje se vistiera con tan sólo un body transparente y que se lo colocara dejando ver los glúteos, lo que la chica realizó. En días posteriores, el procesado contactaba con E. y le enviaba imágenes de jóvenes desnudas y en posturas provocativas a fin de que ella se fotografiase a sí misma en poses similares y se las enviase por whatsapp, cosa que ésta hizo.
Más adelante el fotógrafo le propuso realizar una sesión en la que la menor estuviese desnuda. Ella aceptó. Días antes de llevar a cabo dicha sesión, el hombre sugirió a la adolescente untarla con aceite para conseguir una erección y que ella le tomara fotografías a él; asimismo el acusado le envió a la joven imágenes propias desnudo o masturbándose.
Según lo acordado, expone la sentencia, el 22 de marzo de 2016 la chica acudió al domicilio del ahora condenado y allí éste le hizo diversas fotos desnuda con posturas de provocación sexual y mostrando sus genitales. Durante esa cita el procesado se bajó los pantalones y comenzó a masturbarse. Entonces pidió a la joven que lo fotografiase y ella accedió.
El fallo recoge que este vecino de Cádiz es autor de un delito de exhibicionismo y provocación sexual, de dos delitos de utilización de menores para elaborar material pornográfico y de un delito de abuso sexual.
Absuelto del delito de contactar con menores con finalidad sexual
La resolución judicial, de la que ha sido ponente el magistrado Miguel Ángel Feliz, recoge igualmente como hechos probados que entre el mes de enero y febrero de 2016, una menor de 14 años tuvo conocimiento, por mediación de una amiga, de que el ahora condenado se dedicaba a realizar reportajes fotográficos, por lo que, deseando hacerse uno, facilitó su número de teléfono al procesado, quien, con ánimo libidinoso, contactó con ella para quedar en realizar una sesión a finales del mes de febrero. Una vez en el domicilio del fotógrafo -que prohibió a la menor acudir acompañada- él le manifestó que se untara el cuerpo con aceite y que las fotos las haría vestida solamente con lencería. La niña se negó, si bien el procesado le insinuaba que podía cambiarse de ropa delante suya y que tenía "buen culo para su edad", por lo que si quería hacerse fotos sin ropa podría darle dinero, propuesta que la menor volvió a rechazar. Según la sentencia, en días posteriores el implicado le envió varios mensajes para que acudiera de nuevo a su casa. La joven rehusó la invitación. En este caso en concreto el tribunal de la Sección Cuarta no aprecia delito alguno. En primer lugar -razona- porque es la menor la que le facilitó el teléfono al acusado. Y, después, porque él le propuso tomarle fotografías "para el Corte Inglés o desfile de modelos".
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