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La polémica por los restaurantes playeros

El Ayuntamiento anula las multas a los chiringuitos por las terrazas

  • Desestima los recursos sobre la superficie de los establecimientos, pero no sancionará a los negocios por ser "terceros de buena fe"

Una pareja descansa en un banco enfrente de uno de los chiringuitos de la playa de La Victoria.

Una pareja descansa en un banco enfrente de uno de los chiringuitos de la playa de La Victoria. / Julio González

El Ayuntamiento ha anulado los expedientes sancionadores que mantenía abiertos contra cuatro chiringuitos –Potito, Beach Club Potito, Tirabuzón y Nahu Beach– por considerar que estaban excediendo la superficie que el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) permite a los establecimientos playeros al acotar las instalaciones a 150 metros cuadrados. Junto a esto, el Consistorio ha decidido desestimar los recursos de reposición presentados por los hosteleros contra los expedientes de restitución de la legalidad urbanística de estos negocios al señalar que deben cumplir con el planeamiento de la ciudad, lo que hace que los restaurantes sólo puedan contar con los citados 150 metros cuadrados.

Asimismo, el Consistorio también ha emitido una orden de desmonte de la superficie del chiringuito Tuna Beach, en la playa de La Victoria, que sobrepasa lo marcado por el PGOU, teniendo este procedimiento un camino diferente al que afecta a los otros cuatro negocios. Esto se debe a que este chiringuito no ha presentado ningún recurso, por lo que tendrá que cumplir con esta exigencia.

Todos estos acuerdos fueron tomados el pasado viernes en la reunión semanal de la Junta de Gobierno Local. Así, respecto a los expedientes sancionadores, fuentes municipales explicaron que esta decisión se ha dictaminado una vez que los propietarios de los chiringuitos presentaron las autorizaciones en precario realizadas por la Delegación Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía a tenor de las solicitudes de modificación sustancial de las condiciones de las concesiones de ocupación del Dominio Público Marítimo-Terrestre.

El Consistorio mantiene que las instalaciones deben tener 150 metros cuadrados

Una de las cuestiones solicitadas por los hosteleros a la Administración autonómica era la ampliación de la superficie de los establecimientos playeros hasta un máximo de 300 metros cuadrados, acogiéndose de esta forma a lo que marca el Reglamento General de Costas.

Así, estas fuentes municipales indicaron que, en función de los recursos presentados por los hosteleros, el Consistorio entiende que “no hay lugar para las multas”. Esto se debe a que los empresarios “pudieran ser terceros de buena fe en tanto que poseen una supuesta autorización de otra Administración Pública”. De hecho, estas fuentes recalcaron que el Ayuntamiento ha interpuesto un recurso contencioso administrativo contra estos permisos, que se realizaron una vez que se completó la transmisión de la titularidad de las concesiones de ocupación en favor de los empresarios. Un procedimiento que, sin embargo, el Consistorio gaditano asegura que no se ha completado, por lo que considera que sigue siendo el titular.

El Gobierno local sostiene que el PGOU marca que la superficie de un chiringuito puede tener un máximo de 150 metros cuadrados. Según estas mismas fuentes municipales, “esta cuestión es avalada no sólo por la Demarcación de Costas, sino que la Junta recoge en la Guía Técnica para la ocupación del Dominio Público Marítimo-Terrestre que son los PGOUs los que determinarán estas superficies máximas a ocupar”.

Con todo, Nahu Beach, uno de los afectados, ya ha desmontado por iniciativa propia la parte de sus instalaciones que superaba lo marcado en el planeamiento urbanístico.

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