El Supremo lo confirma: 10 semanas más de permiso por nacimiento para familias monoparentales

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Una mujer pasea con su hijo
Una mujer pasea con su hijo / M. G

Conciliar ya es complicado en cualquier hogar. Cuando solo hay un progenitor, la dificultad se multiplica. Menos manos, menos tiempo y, hasta ahora, también menos derechos. Esa es la realidad que durante años han vivido muchas familias monoparentales en España y que el Tribunal Supremo acaba de corregir con una sentencia llamada a marcar un antes y un después.

El Supremo ha reconocido el derecho de estas familias a ampliar en 10 semanas la prestación por nacimiento y cuidado del menor. Una decisión que evita que los niños y niñas nacidos en hogares con un solo progenitor reciban un periodo de atención inferior al de quienes crecen en familias biparentales.

La sentencia, dictada el pasado 23 de enero por la Sala de lo Social, unifica doctrina y fija un criterio claro: no puede existir una diferencia de protección en función del modelo familiar.

Impacto directo en las familias

Hasta ahora, el Instituto Nacional de la Seguridad Social solo reconocía a las familias monoparentales las 16 semanas ordinarias de permiso. En los hogares con dos progenitores, sin embargo, el tiempo total de cuidado alcanza las 26 semanas. Esa brecha es la que el Supremo considera incompatible con el principio de igualdad.

El fallo se apoya de forma directa en la doctrina del Tribunal Constitucional, que en noviembre de 2024 declaró inconstitucional la omisión legal que impedía extender este permiso en los casos de familia monoparental. Aquella resolución advertía de una discriminación por razón de nacimiento, prohibida por el artículo 14 de la Constitución.

El Supremo recoge ese razonamiento y dicta sentencia sobre ello y es que el interés superior del menor debe prevalecer sobre cualquier otra consideración administrativa.

Aumento de 10 semanas

La ampliación reconocida no alcanza la totalidad del permiso del segundo progenitor. El tribunal aclara que las seis primeras semanas tras el parto son obligatorias e intransferibles, por lo que no pueden acumularse en el caso de un único progenitor.

De este modo, el derecho se concreta en la adición de 10 semanas, correspondientes al periodo transferible del permiso que habría disfrutado el otro progenitor de existir. Esta interpretación se mantendrá vigente mientras el legislador no apruebe una reforma normativa que lo regule de forma expresa.

Se podrá reclamar

La sentencia abre una vía jurídicamente sólida para reclamar frente al INSS en aquellos casos en los que solo se hayan reconocido las 16 semanas iniciales. Podrán beneficiarse madres solteras y familias monoparentales a las que se les denegó sistemáticamente esta ampliación, pese a los pronunciamientos previos de distintos tribunales.

Despachos especializados en Seguridad Social subrayan el alcance social de la resolución y recuerdan que se trata de una reivindicación histórica del colectivo. Durante años, las asociaciones de familias monoparentales han denunciado esta desigualdad, con especial incidencia en los problemas de conciliación y cuidado en los primeros meses de vida del menor.

Con esta sentencia, el Supremo abre un uevo camino para las familias monoparentales y obliga a interpretar la normativa existente conforme a la Constitución.

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