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Las sanciones por no renovar la demanda de empleo

Una imagen de las oficinas del SAE en El Puerto.

Una imagen de las oficinas del SAE en El Puerto. / D.C.

Un total de 137.643 gaditanos que están en las listas del paro según los datos de la EPA de inicios de septiembre, con unos 2.000 desempleados más que en el mes anterior al terminar el verano. Si están cobrando una prestación por desempleo, subsidio o ayuda, o no es así pero quieren mantener la inscripción en el SAE, tendrán que renovar la demanda de empleo. Es una obligación cada 91 días.

Y es que, según explica el Servicio Andaluz de Empleo (SAE), si no se renueva en la fecha señalada, "esta caerá en baja de forma automática, es decir, se dejará de estar de alta en el Servicio Andaluz de Empleo como demandante de empleo, y tu situación a todos los efectos será de baja en este servicio".

Desde el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) en su web, señalan que los inscritos tienen una serie de obligaciones, entre los que se encuentra sellar el paro -como se dice coloquialmente- en la forma y fechas indicadas en el documento de renovación de la demanda. Además, debe presentarse, si ha sido citado previamente, ante el Servicio Público de Empleo Estatal, los servicios públicos de empleo autonómicos o las agencias de colocación (cuando estas desarrollen actividades en el ámbito de colaboración con aquellos).

¿Qué conlleva no renovar la demanda de empleo?

No cumplir, salvo causa justificada, el requisito de mantener la inscripción como demandante de empleo, exigido para continuar percibiendo la prestación se considera una infracción leve para el SEPE. Ahí entraría no renovar la demanda de empleo, ya que no hacerlo causa baja de forma automática.

Pantalla para acceder a tus datos del SAE. Pantalla para acceder a tus datos del SAE.

Pantalla para acceder a tus datos del SAE.

Si estás cobrando algún tipo de ayuda o prestación saltarse este paso te puede llevar a perder su pago a una penalización. Cometer una infracción leve te penalizaría sin un mes de prestación pero si se te vuelve a olvidar pasaría a tres meses.

  • 1ª. Infracción. Pérdida de 1 mes de prestaciones.
  • 2ª. Infracción. Pérdida de 3 meses de prestaciones.
  • 3ª. Infracción. Pérdida de 6 meses de prestaciones.
  • 4ª. Infracción. Extinción de prestaciones.

"Se aplicarán estas escalas a partir de la primera infracción y cuando, entre una infracción leve y la anterior, no hayan pasado más de 365 días, con independencia del tipo de infracción", señala el SEPE.

Desde el SAE explican además que no renovar el paro también traerá que no podrás participar en los servicios para el empleo que ofrece el SAE, ni en aquellas ofertas que requieran como condición estar dado de alta como demandante de empleo.

¿Cómo saber cuándo tengo que renovar la demanda de empleo?

El Servicio Andaluz de empleo aclara que la demanda de empleo debe renovarse cada 91 días. Se puede consultar la fecha de renovación accediendo al registro de tu demanda de empleo a través de Internet y consultando en el apartado "Demanda de Empleo". También puedes consultarlo en la APP y añadirlo a tu agenda o calendario en tu dispositivo móvil para que no te olvides de renovar. Por el momento, la APP no envía notificaciones por lo que es importante que incorpores la fecha a tu calendario y actives algún tipo de alerta.

Si tienes alguna incidencia con la impresión del comprobante de renovación de tu demanda, solicita cita previa o llama al teléfono 955 625 695. También puedes descargarla a través de la AppSAE .

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