Buenas noticias de Hacienda para muchos autónomos: quiénes tendrán que usar Verifactu en 2026
Según los Gestores Administrativos de España solo deben aplicarlo los empresarios y profesionales que utilicen programas informáticos de facturación integrados
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A partir del 1 de enero de 2026, Los autónomos se enfrentan a partir del 1 de enero al nuevo sistema Verifactu, que responde a un conjunto de requisitos técnicos que deben cumplir los sistemas informáticos para emitir facturas. Pero la buena noticia es que la factura electrónica solo afectará a empresas que utilicen un software específico para generar sus facturas de modo que, la mayoría de las pymes y autónomos estarán exentos de implementar esta nueva normativa fiscal.
Quienes elaboren sus facturas con herramientas simples, como Word o Excel o incluso de forma manual, no tendrán que usar Verifactu ni emitir facturas electrónicas. El Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España considera que la alarma generada tras el comunicado masivo de la Agencia Tributaria a finales de octubre fue innecesaria.
Según Asesoresemprende.es, el reglamento habla de sistemas informáticos de facturación (SIF), pero no todo lo que se hace con un ordenador es un sistema informático. Aclara que un SIF es cualquier programa o conjunto de programas que automatiza la gestión de la facturación. Es decir, no solo imprime la factura, sino que procesa datos, numeraciones, totales, o genera libros de registro. Por este motivo, "la diferencia no está tanto en el programa (Word, Excel, Factusol, etc.), sino en cómo se usa".
Quiénen deben usarlo
La norma se aplica a los empresarios y profesionales que utilicen programas informáticos de facturación integrados, es decir, aquellos que, además de emitir y conservar facturas, procesen la información contenida en ellas para generar directamente libros de IVA, IRPF o contabilidad.
Por el contrario, "quienes elaboren sus facturas mediante sistemas simples y no integrados no estarán sujetos a esta obligación. Esto incluye a quienes emiten sus facturas de forma manual o con herramientas básicas, introduciendo los datos de manera individual y conservando una copia impresa o digital, sin enlazar ese documento con programas contables o de gestión. También se mantiene fuera del ámbito de aplicación la facturación tradicional mediante talonarios, plantillas o documentos preimpresos, siempre que no exista procesamiento automatizado de los datos", explican desde los Gestores Administrativos de España.
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) aclara que la normativa no afecta a quienes facturen manualmente o utilicen programas que se limiten a generar e imprimir las facturas sin otras funcionalidades. Esto aclara a qué tipo de contribuyentes se dirige la obligación de digitalizar sus procesos de facturación.
De hecho, la propia AEAT precisa en su sección de preguntas y respuestas que el reglamento "no afecta a quienes facturen manualmente o utilicen programas que se limiten a generar e imprimir las facturas sin otras funcionalidades adicionales".
Verifactu, regulado por el Real Decreto 1007/2023 dentro de la Ley Antifraude, se implementará en dos fases: en enero de 2026 para empresas sujetas al Impuesto de Sociedades y, desde el 1 de julio, para profesionales y autónomos. El sistema establece requisitos para los programas informáticos que gestionan las facturas, como la inclusión de códigos QR y firma electrónica.
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