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Economía

Renta 2023-2024 en Cádiz: las diferencias fiscales entre los matrimonios y las parejas de hecho

Modelos de declaración de la Renta.

Modelos de declaración de la Renta. / R. D.

La decisión entre casarse o formalizarse como pareja de hecho puede ser una de las más trascendentales que se toma a lo largo de la vida por los derechos y las obligaciones que esto supone. Al final, es una elección que, como todo, tiene sus pros y sus contras a la hora de rubricar el vínculo familiar. 

Una de las cuestiones que más hay que tener en cuenta a la hora de dar este paso es el apartado fiscal, ya que establecerse en matrimonio puede suponer una serie de ventajas fiscales en el momento de realizar la declaración de la Renta, cuya campaña anual se abrirá el próximo mes de abril. 

De cara a la campaña de 2023, es imprescindible que las unidades familiares sepan las diferencias entre estar establecidos como matrimonio o como pareja de hecho. La principal divergencia entre ambas es que los matrimonios sí cuentan con la posibilidad de realizar la declaración de la Renta de manera conjunta, con las ventajas que esto puede suponer para obtener una devolución del impuesto del IRPF. 

Sin embargo, las parejas de hecho no pueden realizar la declaración de forma conjunta al no existir un vínculo matrimonial. Esto supone la primera desventaja respecto a formalizarse como matrimonio. 

La situación cambia si la pareja de hecho tiene hijos. En este caso, si son menores de edad o mayores incapacitados judicialmente, se puede establecer una unidad familiar. De esta forma, uno de los miembros de la pareja de hecho sí puede realizar una declaración conjunta con los hijos de la pareja, mientras que el otro miembro deberá realizar la declaración de manera individual. 

Otro aspecto que puede alterar la declaración de la Renta es si una pareja de hecho se separa y tiene hijos. Así, solo podrá realizar la declaración conjunta de la unidad familiar la persona que tena la guarda y custodia de los hijos a fecha del devengo del IRPF, mientras que el otro miembro tendrá que hacerla de manera individual. 

Por último, si la guarda y custodia de los hijos resultantes de la pareja es compartida, solo podrá hacer la declaración conjunta de la unidad familiar uno de los dos miembros de la pareja de hecho que se ha separado, teniendo que hacer la otra parte la declaración de manera individual. 

Más allá de realizar o no la declaración de manera conjunta, existen una serie de ventajas fiscales dentro del impuesto del IRPF si se formaliza la relación como un matrimonio. Una de ellas tiene que ver con la aportación que se hace a los planes de pensiones, ya que si un cónyuge aporta dinero al plan de su pareja puede aplicar una reducción por aportación de hasta 1.000 euros al año. 

En cuanto a las deducciones por discapacidad, si uno de los miembros de la pareja tiene una discapacidad superior al 33% se puede deducir hasta 1.200 euros al año en el IRPF. Por último, respecto a la desgravación por vivienda habitual, si existe una separación se podrá mantener esta deducción si sigue pagando la hipoteca y viven en este domicilio los hijos del matrimonio

Fechas de la campaña de la Renta 

La presentación de las declaraciones por Internet para la Campaña de la Renta y Patrimonio 2023 comenzará el 3 de abril, según el calendario de la Agencia Tributaria. De este modo, La Agencia anticipa el inicio de la campaña, que el año anterior comenzó el 11 de abril, ocho días más tarde en comparación con lo establecido para este ejercicio fiscal. Según el calendario divulgado por Europa Press, la campaña iniciará justo después de Semana Santa, y se extenderá hasta el 1 de julio de 2014, un día más de lo habitual debido a que el 30 de junio cae en domingo. 

Las fechas para confeccionar la declaración de Renta y Patrimonio 2023 son las siguientes:

  • 3 de abril hasta el 1 de julio de 2024: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2023.
  • 7 de mayo hasta el 1 de julio de 2024: la Agencia Tributaria podrá confeccionarle su declaración de Renta 2023 por teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 28 de junio).
  • 3 de junio hasta el 1 de julio de 2024: la Agencia Tributaria podrá confeccionarle su declaración de Renta 2023 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio).

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