¿Cómo solicitar el borrador para la declaración de la Renta?
Hacienda
El próximo miércoles, 6 de abril arranca la campaña y estará disponible el documento para hacer la declaración de forma telemática
Por vía telefónica puede hacerse desde el 5 de mayo, y presencial a partir del 1 de junio
El próximo 6 de abril arranca la campaña de la Renta 2022 del ejercicio económico de 2021, jornada a partir de la cual se podrá solicitar el borrador para hacer la declaración. Se puede realizar de forma telemática a través de la web de la Agencia Tributaria a través de la sede electrónica, aunque quien así lo desee puede realizarla vía telefónica, para lo que tendrá que esperar al 5 de mayo. Será el 1 de junio el día en que pueda realizarse de forma presencial en las oficinas de la agencia tributaria. Pero ¿Cómo se puede solicitar el borrador? Aquí te dejamos los pasos a seguir.
Los pasos para solicitar el borrador
Según recoge la web de la propia Agencia Tributaria todos los contribuyentes podrán acceder a su borrador y a sus datos fiscales por medios electrónicos en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el Servicio de tramitación del borrador/declaración. Desde este apartado podrán confirmar y presentar el mismo o, en su caso, modificarlo, confirmarlo y presentarlo.
Existen tres formas de identificación para poder acceder al resumen del borrador de la declaración y a los datos fiscales: Cl@ve, número de referencia, certificado o DNI electrónico. Cuando esté disponible el portal 'Renta 2021', el contribuyente podrá obtener el borrador de la declaración desde este domingo, cambiar o modificar el mismo, cumplimentar y presentar la declaración de forma telemática.
En el supuesto de obtención del borrador de declaración por la opción de tributación conjunta deberá hacerse constar también el Número de Identificación Fiscal (NIF) del cónyuge y, en su caso, de los restantes miembros de la unidad familiar que perciban rentas, así como su número de referencia o Cl@ve PIN.
A este Servicio de tramitación del borrador/declaración, así como a los datos fiscales de la declaración del se puede acceder a través del portal de la Agencia Tributaria en Internet en https://sede.agenciatributaria.gob.es.
Además, los contribuyentes también podrán acceder a sus datos fiscales y al resumen del borrador de declaración a través de una aplicación para dispositivos móviles, previo registro en la misma, utilizando el sistema Cl@ve PIN. También podrán confirmar y presentar el borrador de declaración siempre que no tengan que modificar o incluir algún dato adicional.
30 de junio, fecha tope
A finales de junio se cerrarán los plazos para presentar las liquidaciones de impuestos. Así, el 27 de junio es el tope para entregar la declaración por internet si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta. El 29 de junio será la última jornada para solicitar cita previa tanto para hacer el trámite por teléfono o en oficina. Por último, el 30 de junio se cierra el plazo en todos los canales disponibles si el resultado sale a devolver, se renuncia a la devolución o resultado negativo y a ingresar sin domiciliación del primer plazo.
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