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Tráfico

Alcolock: el dispositivo que la DGT quiere que lleves en tu coche

Alcolock será obligatorio en los vehículos a partir de este verano.

Alcolock será obligatorio en los vehículos a partir de este verano.

El pasado 21 de marzo entró en vigor la nueva Ley de Tráfico con importantes novedades en su articulado como cambios en la velocidad a la hora de adelantar y más pérdida de puntos. Además de estás medidas, orientadas a aumentar la seguridad de los conductores en las carreteras, se introducen conceptos novedosos como el de la tasa 0,0 de alcohol que se exigirá a los menores que circulen en bicicleta o patinetes eléctricos.

Otro de los conceptos igualmente novedosos es el Alcolock, un dispositivo que la DGT establecerá como obligatorio en los vehículos a partir de este verano. Aunque no afectará a todos los vehículos. La medida entrará en vigor a partir del 6 de julio de 2022 para los conductores de vehículos de transporte de viajeros por carretera. Asimismo, el 6 de julio de 2024 sí será ya imprescindible para los autobuses y coches de nueva matriculación.

¿En qué consiste el Alcolock?

El Alcolock es un dispositivo eléctrónico que mide la concentración de alcohol en el aliento del conductor e impide el encendido del vehículo si la tasa está por encima del límite predeterminado.

Está diseñado para su instalación en el interior del vehículo, cerca del asiento del conductor, y se conecta directamente al sistema de encendido de éste.

El dispositivo se puede programar para realizar pruebas a los conductores al iniciar su turno o en diferentes momentos del día, dependiendo de los requerimientos de las políticas de seguridad de la empresa.

Además, para garantizar aún más la seguridad, el Alcolock incluye una función de desactivación para situaciones de emergencia, supervisado mediante un sistema de software, para garantizar que desarrolle su función principal.

Otras novedades de la nueva Ley de Tráfico

  • En carreteras convencionales, los turismos y motocicletas ya no podrán superar en 20km/h la velocidad máxima permitida para adelantar a otros vehículos
  • No usar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil y demás elementos de protección o no hacerlo de forma adecuada, te hará perder 4 puntos
  • Si conduces sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil puedes perder 6 puntos
  • Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes conlleva la pérdida de 6 puntos
  • Para adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor, deberás hacerlo ocupando completamente el carril contiguo en vías de 2 o más carriles por sentido. En vías de un solo carril, tendrás que mantener la separación mínima lateral de 1,5 metros o perderás 6 puntos. Es una manera de proteger a este colectivo vulnerable
  • Llevar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos está prohibido, estén conectados o no. Son sistemas que interfieren en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia de tráfico por lo que no se permite llevarlos. Hacerlo supone la pérdida de 3 puntos
  • Si tienes una moto o un ciclomotor, puedes utilizar dispositivos inalámbricos certificados u homologados en tu casco de protección para fines de comunicación o navegación
  • No usar el casco o no hacerlo de forma adecuada te hará perder 4 puntos.
  • Está prohibido parar o estacionar en el carril bici o en vías ciclistas. Su incumplimiento se considera una infracción grave.

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