La implantación de la Zona de Bajas Emisiones en San Fernando contempla multas de hasta 200 euros para los infractores

Peatones por la calle Real de San Fernando mientras circula el tranvía
Peatones por la calle Real de San Fernando mientras circula el tranvía / Lourdes de Vicente

La puesta en marcha de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en San Fernando, cuyo proyecto está en exposición pública hasta este martes, contempla multas de hasta 200 euros para los infractores según el régimen sancionador que se detalla en la ordenanza.

Dichas infracciones vendrán lógicamente derivadas por el incumplimiento de las restricciones de acceso, circulación y estacionamiento en las ZBE. No respetar dichas restricciones, se detalla en la propuesta de Ordenanza Municipal para la Creación y Gestión de la Zona de Bajas Emisiones, tendrá la consideración de "infracción grave".

Acceder sin autorización a la ZBE, exceder límites de autorización de dicha zona o acceder sin el distintivo ambiental serán, evidentemente, objeto de sanción..

Eso sí, para la determinación de la cuantía de la sanción "se tendrá en cuenta el grado de reincidencia de la persona responsable".

El proyecto, de hecho, estima un promedio de 17 sanciones diarias, que irán reduciéndose (en un 10% anual, se estima) a medida que la ciudadanía interioriza las limitaciones de acceso.

Se considera un importe promedio de 50 euros por sanción "al tener en cuenta las reducciones por pronto pago y los importes de la tabla de infracciones y sanciones de la ordenanza de tráfico y sus revisiones".

En cuanto a las sanciones, detalla, se imponen en base a las infracciones del artículo 76 z3, del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que establece que "son infracciones graves, cuando no sean constitutivas de delito, las conductas referidas a no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las ZBE".

Una implantación en dos fases

La implantación de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) por parte del Ayuntamiento de San Fernando se lleva a cabo en cumplimiento de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, que obligaba a los municipios de más de 50.000 habitantes a implantar estas áreas antes del 1 de enero de 2024, si bien son todavía pocas las ciudades que se han dotado de estos instrumentos.

En el caso isleño, La Zona de Bajas Emisiones abarcará principalmente el centro urbano y las áreas incluidas en el Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Casco Histórico (Peprich). Estas zonas estarán destinadas prioritariamente al uso por parte de residentes, mientras que el resto de vehículos circulará por las vías básicas perimetrales. La ordenanza fomentará que quienes accedan al centro lo hagan utilizando los aparcamientos tácticos o subterráneos, evitando el tráfico innecesario en el núcleo histórico.

Las ZBE son espacios urbanos en los que se restringe el acceso, la circulación y el estacionamiento de vehículos con el objetivo de mejorar la calidad del aire, reducir la contaminación atmosférica y avanzar hacia una movilidad libre de emisiones. Todo ello conforme a la clasificación de los vehículos por su nivel de emisiones de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Vehículos. La afección más considerable en las restricciones será para los turismos de gasolina con más de 24 años de antigüedad (anteriores a 2001) y diésel con más de 19 años (anteriores a 2006). Las restricciones se implantarán progresivamente en dos fases.

El Ayuntamiento de San Fernando contempla una implantación progresiva dividida en dos fases. Durante la primera, correspondiente al primer año de implantación de la ZBE, se establecerá un régimen transitorio que permita la adaptación progresiva a la normativa. En la franja horaria comprendida entre las 8:00 y las 20:00 horas no se aplicarán restricciones de acceso para ningún tipo de vehículo. Sin embargo, entre las 20:00 y las 8:00 horas sí entrarán en vigor limitaciones orientadas a reducir de forma sostenida las emisiones. En este intervalo, tanto autobuses, vehículos de mercancías y taxis, como el resto de vehículos, únicamente podrán circular si cuentan con distintivo ambiental 0 emisiones, ECO o C, quedando prohibido el acceso a aquellos con distintivo B o sin distintivo.

En la segunda fase, que se aplicará a partir del segundo año y se mantendrá hasta la revisión de la ZBE, se endurecerán los horarios de restricción. De 8:00 a 15:00 horas el acceso seguirá siendo libre para todos los vehículos, pero a partir de las 15:00 y hasta las 8:00 horas se aplicarán las limitaciones establecidas. Al igual que en la fase anterior, solo se permitirá la circulación de vehículos con distintivo 0 emisiones, ECO o C, mientras que aquellos con distintivo B o sin distintivo tendrán prohibido el acceso, tanto si se trata de transporte público y de mercancías como del resto de vehículos privados.

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