Para el Ayuntamiento isleño supone un revés judicial de imprevisibles consecuencias. Un desfase de poco más de 300 metros cuadrados en las mediciones realizadas en la zona ha permitido que prospere un recurso en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ha llevado a anular el estudio de detalle de La Albenda –antigua huerta San Joaquín, en Camposoto– que se aprobó de 2015.
La sentencia dictada el pasado 13 de septiembre por la sección segunda de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJA, no es firme, aunque por el momento condena al Ayuntamiento al pago de las costas, que fija en 2.000 euros.
Pero lo peor es la situación de incertidumbre en la que deja a la mayoría de los vecinos de La Albenda tras el largo proceso para legalizar sus construcciones y parcelas que emprendieron hace ya más de 15 años y que les ha llevado a negociar con tres alcaldes y cinco concejales de Urbanismo diferentes.
De hecho, la resolución judicial que anula el estudio de detalle de La Albenda llega incluso cuando se ha aprobado ya el proyecto de reparcelación y cuando las fincas resultantes y los viales cedidos a la administración municipal están inscribiéndose en el registro de la propiedad, lo que genera una situación anómala.
De este fallo –que llega tras el recurso presentado por unos vecinos que rechazaban en estudio de detalle aprobado por el Ayuntamiento hace cuatro años– se dio cuenta ayer en el pleno ordinario que celebró la Corporación Municipal en las instalaciones del centro de congresos y en el que se acordó la interposición de un recurso que se articulará ante el mismo TSJA.
Lo curioso además es que el proyecto de reparcelación acometido con posterioridad al estudio de detalle no fue objeto de recurso alguno, por lo que éste sí es firme. Eso sí, si se confirma la nulidad del estudio de detalle se quedaría sin cobertura alguna. Y de ahí la incertidumbre que puede suscitar entre los vecinos afectados.
La razón que ha llevado al TSJA a anular este instrumento de planeamiento que se planteó como el primer paso en firme para ordenar La Albenda se basa en un desfase existente entre las mediciones de la superficie que lleva a su vez a un incremento de la edificabilidad máxima y, por ende, de las viviendas previstas conforme a lo contemplado en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), una norma de ámbito superior. Se considera así que vulnera el principio de jerarquía normativa y que es contrario a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Estas diferencias existentes entre las mediciones del Plan General y del estudio de detalle no son especialmente significativas, pero sí han permitido que prospere y llegue a buen término el recurso presentado en el TSJA por los detractores del acuerdo al que se llega con el estudio de detalle.
De 21.166,61 metros cuadrados se pasa a 21.485,98 en las mediciones recogidas en la aprobación definitiva del estudio de detalle, lo que supone que al aplicar el coeficiente de edificabilidad (0,24) y la densidad de viviendas por hectárea (14,9) previstas en el PGOU la edificabilidad máxima resultante pase de 5.079,84 metros cuadrados a 5.156,74 metros cuadrados. Esto es, que de un máximo de 31 viviendas se pasa a 32.
Desde el Ayuntamiento se alegó sin éxito durante el proceso que estas variaciones se debían a la realización de unas mediciones más fiables a la hora de abordar el estudio de detalle.
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