Provincia de Cádiz

Seis meses de prisión por cultivo ilegal de claveles de variedades protegidas

  • La 'Sgae' de las plantas da a conocer la condena impuesta a un floricultor de Chipiona por delito contra la propiedad industrial

Un floricultor de Chipiona ha sido condenado a seis meses de prisión, multa e indemnización por daños y perjuicios causados por reproducir plantas de clavel pertenecientes a la variedad protegida Wesroman, según informaron ayer desde la entidad Geslive, (Gestión de Licencias Vegetales ) AIE, similar a la SGAE que gestiona los derechos de autor, y que representa a los obtentores (creadores) de variedades vegetales y titulares de derechos de propiedad industrial sobre las mismas.

Según la asociación, el condenado lograba la reproducción mediante el enraizamiento de esquejes de las plantas, con lo que se multiplicaban y luego se plantaban para producir flores destinadas al mercado.

La sentencia, dictada por el Juzgado de lo Penal 4 de Cádiz y contra la que no cabe recurso, recoge que el condenado ha cometido un delito contra la propiedad intelectual, que se encuentra tipificado en el artículo 274,3 del actual Código Penal.

Puesto que este tipo de clavel pertenece a una variedad vegetal protegida, la entidad titular de esta protección cuenta con una serie de derechos exclusivos según la ley. Entre estos privilegios se encuentra la producción, la reproducción (multiplicación), el acondicionamiento para la reproducción, la venta o comercialización, la exportación o importación, e incluso la mera posesión para cualquiera de esos fines. La reproducción no autorizada de plantas de variedades vegetales protegidas de clavel constituye un grave problema en las zonas productoras de esta especie dentro de Andalucía, lamentan desde la entidad.

Este fraude masivo tiene graves consecuencias, no sólo para las entidades que se dedican a obtener nuevas variedades vegetales, a los que se están causando pérdidas multimillonarias cada año, sino también para todo el conjunto del sector. Además, este problema se une a la grave crisis que actualmente afecta al sector de la flor cortada en la región.

En este caso, se considera que el condenado ha realizado una serie de actos de reproducción no autorizada de esta variedad de claveles, para los que no ha contado con autorización o licencia de la entidad titular de los derechos exclusivos. Además, estos actos se han realizado con pleno conocimiento de su registro y actuando en todo momento con fines lucrativos en su propio beneficio patrimonial. Ésta es la razón por la que el Juzgado procede imponerle la pena antes mencionada por la comisión de un delito contra los derechos de propiedad industrial sobre variedades vegetales protegidas.

Dicho procedimiento judicial ha sido iniciado a raíz de denuncia presentada por la propia Geslive ante la Patrulla Fiscal Territorial de Sanlúcar de Barrameda de la Comandancia de la Guardia Civil de Cádiz.

Tras la modificación del Código Penal, efectuada por la Ley Orgánica 15/2003 de 25 de noviembre, la explotación no autorizada de variedades vegetales protegidas es perseguida de oficio por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y puede ser castigada con penas de hasta dos años de prisión.

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