La Gerencia del Servicio Andaluz de Salud ha remitido una circular con fecha del pasado 1 de abril a todos sus profesionales, sanitarios y no sanitarios, prohibiendo la comunicación de datos sobre pacientes contagiados de COVID-19. El mapa del coronavirus en Cádiz.
El escrito cita a la Constitución de 1978 calificando como "fundamental" el derecho a la intimidad personal y familiar, "con las inherentes garantías de protección que ello implica", así como a la propia imagen. La circular alude también a la Ley 14/1986, del 25 de abril, General de Sanidad (artículo 10.3), a la Ley 41/200, del 14 de noviembre, Básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica (artículo 7.1) y la Ley 2/1998, del 15 de junio, de Salud de Andalucía (artículo 6.1.f) que recogen "la relevancia de la intimidad de las personas y otorgan una especial protección a toda la información relacionada con su proceso y con su estancia en las instituciones sanitarias públicas y privadas que colaboren con el Sistema Sanitario Público".
"Por todo ello, se les recuerda a todos los/as profesionales del Servicio Andaluz de Salud la obligación que tienen de guardar secreto sobre cualquier información a la que accedan, en el ejercicio de su actividad profesional, relativa a pacientes afectados por el coronavirus, así como sobre aquellas materias que han sido reservadas, reglamentariamente, al ámbito del Ministerio de Sanidad", concluye la circular.
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