Condenado en firme el oficial del Registro de la Propiedad de El Puerto que se apropió de más de 400.000 euros

El Tribunal Supremo inadmite el recurso presentado por el contable frente a la sentencia que le imponía cuatro años de cárcel

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Detalle de la Audiencia Provincial de Cádiz. / Julio González

La pena de cuatro años de cárcel impuesta al oficial del Registro de la Propiedad de El Puerto de Santa María por apropiarse de más de 400.000 euros de la caja de caudades de la oficina en la que trabajaba ya es firme, toda vez que el Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación que presentó frente a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que lo condenaba.

La Audiencia Provincial de Cádiz impuso en primera instancia al oficial a cuatro años y medio de cárcel por llevarse 427.000 euros del Registro de El Puerto donde desempeñaba sus funciones, un dinero que desvío durante siete años, desde 2010 hasta 2017. El contable recurrió el fallo ante el TSJA, que rebajó en seis meses la condena impuesta al absolverlo del delito de estafa, no así del delito continuado de apropiación indebida agravado por la cuantía sustraída. El trabajador recurrió de nuevo, esta vez en casación ante el Supremo. El Alto Tribunal no ha admitido ahora sus pretensiones y, por tanto, la condena de cuatro años de prisión es firme.

La sentencia de primera instancia señala que el condenado era el oficial mayor sustituto en el Registro de la Propiedad número 1 de El Puerto de Santa María.En su condición de “superior jerárquico” sobre el resto de empleados, se encargaba de “la distribución del trabajo de la plantilla, la organización de la oficina, la llevanza de la contabilidad del Registro, el abono de las nóminas, los impuestos, las retenciones de IRPF, las cuotas colegiales, el pago a los proveedores y el control de la caja (ingresos y gastos)”, enumera la resolución judicial.

El oficial mayor, prosigue, “era el único empleado del Registro autorizado por el registrador para disponer de las cuentas corrientes de la oficina y para acceder, mediante programa informático, a la contabilidad de la entidad”.

El citado Registro, especifica el dictamen judicial, aceptaba de los clientes pagos en metálico, por transferencia bancaria, talones y tarjetas de crédito, “siendo cuantiosos los pagos en efectivo que se recibían”.

Asimismo, la sentencia expone que para el control de ingresos del Registro por caja, diariamente, una vez finalizado el horario de apertura, determinados empleados cuadraban la caja del mostrador de la oficina y sacaban del programa informático un ‘listado de cierre de caja’ en el que constaban las entradas de dinero (por talones, en efectivo o tarjeta), así como las salidas por cualquier concepto.

Esos trabajadores comprobaban la coincidencia con el contenido de la caja, lo apuntaban e introducían el efectivo, el listado del ordenador, los talones y los recibos de pagos con tarjeta en un sobre; después, entregaban ese sobre al condenado y éste se encargaba de confirmar que el arqueo era correcto y de guardarlo en una caja de caudales en su despacho “a la que únicamente él tenía acceso”, excepto unos 120-150 euros, que retornaban a la caja para tener cambio.

“Una o dos veces por semana, el oficial, tras comprobar que el dinero que había en los sobres se correspondía con los datos del sistema informático, tomaba el efectivo y los talones que había guardado en la caja de caudales, introducía todo en otro sobre el que escribía la cuantía total que éste contenía, así como el número de cuenta bancaria en el que debía ingresarse, y enviaba a algún empleado del Registro al banco a efectuar el ingreso. Ese empleado entregaba después al oficial el justificante de la operación”, detalla la resolución judicial, que precisa que “nunca se produjo un desfase” en las cuentas salvo en una ocasión que la entidad financiera detectó un billete falso y, obviamente, lo retuvo y no lo ingresó.

Consciente de la capacidad de control del efectivo del Registro y de la dificultad para el resto de empleados, incluido el propio registrador, de controlar el flujo de dinero que entraba en la oficina, el oficial fue apropiándose durante los años 2010 y 2017 de distintas sumas de efectivo”. La mecánica de la que se valió consistió en “quedarse con parte del dinero procedente de la caja del Registro y no ingresarlo en el banco”.

Así, quedó acreditado que por este método el oficial sustrajo en siete años un total de 427.929,05 euros.

Durante la celebración de la vista oral en el Palacio de Justicia gaditano, el contable declaró que en ningún momento sustrajo dinero del Registro de El Puerto. De hecho, manifestó que, en realidad, nadie se llevó ese dinero, sino que su falta respondía a una mala organización de la oficina.

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