El ex alcalde de La Línea Juan Carlos Juárez (PP), condenado por prevaricar

Inhabilitado siete años y medio junto al exedil Calama por el caso Roseworld

Eva Reyes / La Línea

17 de marzo 2011 - 05:01

El ex alcalde de La Línea, Juan Carlos Juárez (PP), y el ex concejal Carlos Ruiz Calama (PP) han sido condenados por los magistrados de la Audiencia Provincial a siete años y medio de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación en el caso Roseworld. Además, según la sentencia, a la que tuvo ayer acceso este diario, Calama es criminalmente responsable de dos delitos contra la Hacienda Pública. Concurriendo en ambos el atenuante de reparación del daño, Calama ha sido condenado a un año de prisión por cada uno de esos delitos, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y dos multas que suman 683.019 euros. En el caso del administrador único de Roseworld, Anil Thakurdas, ha sido inhabilitado durante cuatro años por prevaricación, mientras que los concejales Juan Montero, María de la Cruz Atienza y Francisco Muñiz han sido absueltos de los hechos que se les imputaban.

El fallo recoge que Juárez es autor de un delito de prevaricación por ejecución directa y comisión por omisión al ser quien firmó como alcalde las escrituras públicas de la venta de cuatro parcelas municipales a Roseworld, pactó los plazos de pago con Thakurdas y no hizo efectiva la condición resolutoria, "apartándose radicalmente de las previsiones del pliego. Estamos ante una conducta irregular y un ejercicio de abuso de poder arbitrario", dice la sentencia.

En cuanto a Calama, los magistrados estiman que es autor de un delito de prevaricación "por cooperación necesaria, ya que su actividad fue decisiva y determinante. Su comportamiento se desarrolló en una dirección abiertamente favorable a los intereses de Roseworld (...) y se llega a esta conclusión al no ser lógico ni admisible que se le concediese el concurso a una empresa sobre la que había tantas dudas. Los acusados eran conocedores de que su conducta no era ajustada a derecho, pues buscaron informes jurídicos al margen de la Mesa de Contratación que justificasen la exclusión de Promaga", puntualizan.

La Audiencia agrega que el ex coordinador de Hacienda también es autor por comisión por omisión "al haber estado presente en la firma y ser conocedor del pago aplazado y la condición resolutoria y no mostrar oposición sino lo contrario".

Respecto a los delitos fiscales, expone que Calama no pagó en periodo voluntario ni el IVA ni el Impuesto de Sociedades en 2006 y que realizó declaraciones complementarias en 2007 "tras el inicio de las actuaciones de comprobación tributaria, existiendo una falta de propósito de ser transparente".

La Audiencia es clara también al no considerar probada la existencia de cohecho, de alteración de precios en concursos y subastas públicas y blanqueo de capitales en ninguno de los acusados, tal y como mantenían las acusaciones populares.

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