Absuelto el juez Ruiz de Velasco tras no declarar su ex esposa en el juicio
La sentencia explica que la Fiscalía, que pedía 21 meses de prisión por maltrato, se quedó sin su sustento principal al carecer de los tres testigos directos de la acusación
El Juzgado de lo Penal número 1 de Cádiz ha absuelto de un delito de violencia doméstica habitual al magistrado José Carlos Ruiz de Velasco, presidente de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cádiz, a quien la Fiscalía acusaba de maltratar a su esposa. La sentencia explica que la acusación particular se retiró sorpresivamente en el juicio y que la denunciante (ahora ex esposa del procesado) y sus hijos se acogieron a su derecho a no declarar en la vista oral. La Fiscalía, que pedía 21 meses de prisión, se quedó así sin su sustento principal, por lo que no hay prueba de cargo suficiente para desvirtuar el principio de presunción de inocencia, argumenta la resolución.
La sentencia, dictada por el magistrado Juan Sebastián Coloma, contiene una inusual crítica a la defensa del procesado, a la que achaca haberse centrado en tratar de desacreditar ("con dudoso gusto", anota) a la testigo principal de la acusacion, esto es, a la ex esposa de Ruiz de Velasco.
La resolución indica que no pueden ser tenidas en cuenta las manifestaciones que la denunciante hizo durante la instrucción del caso. Primero, señala, porque (salvo excepciones) la prueba válida es la practicada en la vista oral. Segundo, agrega, porque las declaraciones recogidas en la instrucción se ven afectadas por la negativa de la testigo a declarar en el juicio. "Si considerásemos esas declaraciones como prueba a valorar", razona la sentencia, "estaríamos vulnerando ese derecho que la testigo decide ejercitar libremente".
Otro tanto cabría decir de las manifestaciones realizadas en la instrucción por los hijos del procesado y la denunciante, añade la resolución. No han sido sometidas a inmediación ni a contradicción y por ello no pueden ser prueba de cargo, "máxime cuando la renuncia de las partes a su declaración ha obedecido a que los menores (...) pretendían acogerse al derecho a no declarar contra su padre".
La médico de cabecera de la denunciante declaró en el juicio que trató a ésta por un problema de depresión y que ella le contó varios episodios de maltrato. No le parecía que la denunciante mintiera, dice la sentencia, pero no podía pronunciarse sobre la veracidad de lo relatado.
Una forense y una psicóloga dijeron en el juicio que no observaron en la denunciante patología alguna que llevase a desconfiar de su testimonio. Pero son meros testigos de refencia, señala la resolución.
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