España

La defensa de Camps insiste en que debe juzgarle el Supremo

  • El TSJCV prepara el juicio al ex presidente valenciano por la causa de los trajes de Gürtel

El abogado de Francisco Camps reiteró ayer ante el juez una alegación para que sea el Tribunal Supremo el que juzgue al ex presidente de la Generalitat valenciana por haber aceptado trajes de la trama Gürtel, mientras que la acusación pidió que se amplíe la causa al estimar que recibió más prendas.

Así lo plantearon ambas partes en la vista de cuestiones previas en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), en la que el letrado del ex secretario general del PPCV Ricardo Costa, procesado por el mismo delito continuado de cohecho pasivo, también formuló sus alegaciones.

El magistrado presidente del jurado designado para esta causa, Juan Climent, emitirá en los próximos días un auto en el que resolverá las objeciones planteadas por las partes durante esta vista y posteriormente dictará otro en el que fijará la fecha del juicio oral, que según fuentes del caso podría celebrarse en un plazo aproximado de mes y medio.

En la comparecencia de ayer, prevista por la Ley del Jurado, la defensa de Camps apeló al Estatuto de Autonomía valenciano para trasladar la causa al Tribunal Supremo.

El texto estatutario establece en su artículo 23.3 que debe ser este órgano quien juzgue a un miembro del Parlamento autonómico en el caso de que los hechos hayan ocurrido fuera de la Comunitat Valenciana.

Según el auto de procesamiento que dictó el juez instructor de la causa el pasado mes de julio, el ex president adquirió los trajes que supuestamente abonó la trama en diferentes tiendas de Madrid, por lo que su letrado entiende que se le debe aplicar el citado artículo del Estatuto.

El procedimiento judicial se incoó desde un principio, por el mismo motivo, contra Camps, Costa, el ex vicepresidente del Gobierno valenciano Víctor Campos y el ex jefe de gabinete de la Conselleria de Turismo Rafael Betoret.

Estos dos últimos dirigentes reconocieron en julio su culpabilidad y fueron condenados a sendas multas de 9.600 euros como responsables de un delito continuado de cohecho pasivo impropio.

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