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Tribunales

Indemnizan a una mujer en El Puerto con más de 23.000 euros por una extracción dental errónea

Los juzgados de El Puerto de Santa María, donde se ha visto el caso.

Los juzgados de El Puerto de Santa María, donde se ha visto el caso. / D. C.

Acudió a una clínica dental para corregir el aspecto de uno de sus dientes caninos y acabaron extrayéndole un incisivo. Aunque pueda sonar surrealista, ha ocurrido en El Puerto de Santa María, según se desprende de una sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de esta ciudad, que obliga a la clínica Pereda Dental SL, que opera bajo la marca Vitaldent y a la aseguradora Segurcaixa Adeslas S.A. a indemnizar con 23.181,78 euros a la paciente Lorena C.V., que sufrió una serie de negligencias que derivaron en lesiones temporales y secuela, además de un incumplimiento de contrato por los encargados de su tratamiento bocodental.

La demandante, que ha estado representada por Bufete Ortiz Abogados, acudió a recibir un tratamiento de ortodoncia para que se le colocara un diente canino en su lugar, ya que estaba por delante del arco dental, buscando por lo tanto corregir un defecto estético. Se detalla en la sentencia recogida por Confilegal, que confió en los servicios de la clínica dental para la realización de un tratamiento "que prometía mejorar su salud y estética dental".

Para ello, la clínica dental comenzó a aplicar un tratamiento a la paciente, que al parecer se inició sin los estudios previos que habrían sido pertinentes, tomándose la decisión de realizarlos una vez que el tratamiento ya había comenzado, a pesar de las circunstancias de la paciente, "que tenía placas por una operación de la mandíbula anterior. Lo que determina que no se siguió el protocolo y existió mala praxis en la elección de la pieza dentaria a extraer", según la sentencia del juzgado. Esos estudios habrían anticipado la incompatibilidad del procedimiento con el estado previo de salud dental de la demandante.

La pieza se extrajo además sin que la paciente estuviera plenamente informada: "Tampoco existió información respecto al consentimiento de la pieza dental a extraer, únicamente existe un documento no fechado de los informes de una pieza dentaria, sin indicar cuál de ellas. Se extrajo la pieza 43 en lugar de la 44", especifica el fallo judicial. 

Todo ello motivó que un tratamiento bocodental que en principio se consignó con una duración de 21 meses, se extendiera 40 meses, y además "sin ser satisfactorio para la paciente". Tampoco de la duración  del tratamiento se le informó correctamente a la afectada, "lo que conllevó a que lo aceptara, seguramente". Los peritos determinaron en el juicio que si se hubieran realizado con anterioridad los estudios pertinentes "se hubiera informado más adecuadamente del posible plazo de duración del tratamiento". 

Tres estas consideraciones, la sentencia, de fecha 27 de marzo de 2024, establece finalmente una indemnización a la afectada que cubre 600 días de perjuicio personal básico, valorados en un total de 18.960 euros, así como el pago por la extracción indebida de una pieza dental, más 774,16 euros de secuela. Además, ordena reembolsar a Lorena C.V. los 3.447,62 euros abonados por el tratamiento fallido, "pagado en Vitaldent (El Puerto de Santa María), por unos tratamientos bocodentales que no le han reportado utilidad alguna y además han supuesto daños odontológicos adicionales", señala su letrado.

No obstante, en el fallo judicial se rechazó incluir en la indemnización el coste de una rehabilitación bucodental (2.605 euros) y los daños morales solicitados por la paciente afectada (6.000 euros), "que no se han acreditado de forma alguna", dicta la sentencia.

En cuanto al pago de las costas del juicio no se impone a ninguna de las partes, ya que la demanda se estima parcialmente.

 La sentencia, dictada por el magistrado Juan Bosco Duque Lazo, es susceptible de apelación ante la Audiencia Provincial de Cádiz, aunque según el portal especializado Confilegal, representa "un importante recordatorio de que los derechos de los pacientes están protegidos por la ley y que el incumplimiento de los estándares profesionales tiene consecuencias legales y financieras para los infractores". 

    

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