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Negligencia médica en Cádiz: Amputan parte de una pierna a una paciente tras un diagnóstico tardío

El abogado José Luis Ortiz, con la afectada.

El abogado José Luis Ortiz, con la afectada. / Julio González

Marcela, nombre ficticio, ofrece su testimonio desde el anonimato sin perder la sonrisa en ningún momento. Acompañada por su hijo y su nuera, da a conocer su historia, la de una mujer que, con 62 años de edad y aún en activo en el mundo laboral, no recibe un diagnóstico médico a tiempo, lo que provoca que le tengan que amputar parte de la pierna derecha. En una reciente resolución, el Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha asumido su responsabilidad y propone una indemnización de 159.274 euros a favor de la perjudicada, una cantidad que ella considera insuficiente, razón por la que ha decidido acudir a los tribunales para reclamar una suma mayor, 200.000 euros. “Me cortaron la pierna y las alas. Estoy postrada en una silla de ruedas, porque, aunque tengo una prótesis, no me fío por mis problemas de cadera, de sobrepeso... Me veo muy limitada, yo, que he trabajado toda mi vida”, relata.

Los hechos que han dado lugar a este caso se remontan al día 7 de enero de 2019, cuando la paciente acude al servicio de Urgencias del Hospital Universitario de Puerto Real (HUPR) por un dolor en el pie derecho desde hacía unos 10 días tras haber notado un golpe contra un desnivel del suelo.

Se le realiza examen físico así como exploraciones complementarias enfocadas a la patología traumática del pie. Una radiografía muestra signos degenerativos sin fractura aparente.

En esta ocasión no se recoge que el pie tuviera una temperatura alterada; tampoco irregularidades en la coloración, como hematomas o equimosis, ni edema. Así, tras descartarse una patología urgente, el juicio clínico concluye que hay una contusión y se pauta analgesia y control por el médico de cabecera.

El 11 de febrero de 2019 Marcela precisa de una nueva atención en Urgencias y, días después, el 21 de febrero, regresa una vez más.  En la tercera visita es derivada al Hospital Universitario Puerta del Mar de Cádiz para su valoración por Cirugía Vascular. La mujer presenta isquemia distal que no se beneficia de una revascularización quirúrgica. Ingresa el 22 de febrero de 2019 en Medicina Interna para recibir tratamiento con antibioterapia IV y postraglandinas IV (Alprostadil), así como para la realización de curas locales y demás cuidados médicos.

La evolución de Marcela no es favorable a pesar de todas las medidas expuestas, razón por la que es remitida al Hospital de San Carlos, en San Fernando, para recibir tratamiento en la cámara hiperbárica. Se la emplaza para una nueva cita con Cirugía Vascular en el Puerta del Mar.

El 9 de abril de 2019 se tiene que proceder a la amputación de la pierna derecha por debajo de la rodilla (amputación infracondílea) por la tórpida evolución. Recibe el alta el 29 de abril. 

Un daño irreversible

La negligencia, explica José Luis Ortiz, el abogado de la perjudicada, reside en que hubo un retraso injustificado al diagnosticar la patología sufrida por la paciente, arteriopatía obliterante crónica, lo que condujo una demora a la hora de recibir el tratamiento adecuado. “Las consecuencias finales fueron mucho más graves que las previsibles, pues ha sufrido la amputación de su pierna derecha por debajo de la rodilla, un perjuicio irreversible que se hubiera podido evitar”, señala el letrado

La conclusión de los peritos médicos de la reclamante es compartida por el facultativo del Servicio de Aseguramientos y Riesgos del SAS al considerar que la primera asistencia no fue incorrecta, ya que se trataba de una visita a Urgencias como consecuencia de un traumatismo, sin que existieran datos que orientasen a la esfera vascular, pues no había edema, cambios de coloración de la piel...

Sin embargo, la segunda asistencia urgente el 11 de febrero de 2019 si resultó deficiente y errónea, puesto que en esta ocasión la paciente sí presentaba síntomas que podían orientar el juicio clínico hacia la esfera vascular por los cambios de coloración, la flogotis (inflamación patológica) o el edema.

“El no haber recogido la exploración de los pulsos periféricos, ni haber realizado pruebas complementarias en esta línea, ponen de manifiesto una deficiente asistencia médica que condujo al retraso en el diagnóstico de la patología vascular (arteriopatía obliterante crónica) y la demora en su tratamiento, con las graves e irreversibles consecuencias desfavorables que se pudieran haber evitado”, expone el abogado.

Y aunque el tratamiento posterior a partir del diagnóstico fue correcto, desafortunadamente no se pudo evitar la amputación de parte de la pierna derecha. “Con un diagnóstico precoz de haberse realizado la prueba adecuada atendiendo a la sintomatología que ya presentaba la paciente en la segunda asistencia médica, no se tendría que haber llegado hasta la mutilación”, afirma José Luis Ortiz, que en este caso ha estado asesorado por su socio Juan Manuel Prieto.

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