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Tribunales

Condenado en Cádiz un celador que abusó sexualmente de dos pacientes

La Audiencia de Cádiz, donde el celador admitió los hechos en un acto de conformidad.

La Audiencia de Cádiz, donde el celador admitió los hechos en un acto de conformidad. / Julio González

14 de mayo de 2022. Doce menos cuarto de la noche. Una joven de 22 años acude al servicio de Urgencias de un centro hospitalario aquejada de un dolor en el pecho, justo debajo del pezón. Tras pasar por triaje, le dicen que aguarde en la sala de espera. Pasados unos minutos, aparece un celador, el cual sube con ella en un ascensor y tras pasar por un pasillo, la introduce en una habitación en cuyo interior hay una máquina de ecografías.

Entonces, el celador le pide que se quite la camiseta y el sujetador. Acto seguido, y guiado por un evidente ánimo libidinoso, le toca los pechos y le pasa el ecógrafo indicándole a la paciente que quiere comprobar si puede tratarse de dolor de regla. Le baja los pantalones y las bragas y, sin ponerse guantes, le introduce el dedo en la vagina realizando unos movimientos como si estuviera examinándola, a la vez que le pregunta si le duele. Al responder ella que no, vuelve a emprender idéntica operación. 

Una vez finalizada esta maniobra, el celador solicita a la paciente que lo acompañe a otra sala. Allí llega una enfermera que la conduce a otra dependencia donde el médico ginecólogo, en presencia de la mencionada enfermera, le realiza un examen y le entrega un informe facultativo. Tras ello, la joven se marcha, no sin que antes el celador le pregunte sobre qué le ha dicho el especialista.

Horas más tarde, sobre las 5:50 del día siguiente, 15 de mayo de 2022, otra paciente de 21 años acude al mismo servicio de Urgencias aquejada de un dolor en la parte baja de la barriga. Una vez allí, el celador la acompaña en silla de ruedas junto a su madre -en el mismo ascensor que antes- hasta el área de Ginecología, donde es atendida por una especialista de guardia, la cual no le realiza ninguna exploración por expreso deseo de la paciente. Por ello, la deriva directamente a Urgencias para que le administren tratamiento, de forma que el celador la acompaña nuevamente al ascensor.

Cuando llegan al elevador, el celador indica a la madre que no pueden bajar en el mismo y que ella debe hacerlo por otro habilitado para acompañantes, por lo que la joven se queda a solas con él. En el trayecto, la para en una de las plantas y la lleva a una habitación donde hay una ecógrafo (la misma sala que la paciente anterior). Le pide que se desnude de cintura para abajo y que se tumbe en la camilla. Le baja los pantalones y la ropa interior, y mientras manipula el aparato con una mano, con la otra le introduce bruscamente y sin guantes los dedos en el interior de su vagina. Con evidente ánimo libidinoso y cara de satisfacción, repite esta acción en varias ocasiones.

La joven le recrimina que siente molestias, a lo que el celador contesta que debe aguantar hasta que salga flujo vaginal. Ella no sólo le pide que pare, pues siente dolor, sino que le exige explicaciones sobre su actuación. El celador responde que sólo quiere ver si tiene líquido dentro. 

Al marcharse, se encuentran con una enfermera, que pregunta si necesitan algo extrañada de la situación. 

Condena firme

Estos son los hechos que han quedado probados en una sentencia firme dictada el pasado 10 de enero por la Audiencia Provincial de Cádiz, toda vez que el celador confesó la autoría de los mismos tras llegar a un acuerdo, lo que le permitió, por un lado, eludir la celebración del juicio y, por otro, una rebaja de la pena finalmente impuesta.

Así, fue condenado por el tribunal de la Sección Cuarta como responsable de dos delitos de abuso sexual a la pena total de ocho años de cárcel (cuatro años por cada uno) y un delito de lesiones leve a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de seis euros.

Como consecuencia de los hechos descritos, la primera víctima presenta trastorno de estrés postraumático de intensidad moderada caracterizado por gran sentimiento de culpa, recuerdos recurrentes del suceso, falta de concentración o dificultad para conciliar el sueño. De hecho, ha sido tratado por una psicóloga.

La segunda víctima, por su parte, sufrió lesiones consistentes en laceración no sangrante que precisó de asistencia facultativa y tardó tres días en curar. También presenta trastorno de estrés postraumático de intensidad moderada con pesadillas y episodios de ansiedad.

Es por ello que la Sección Cuarta de la Audiencia de Cádiz ha impuesto al celador el pago de una indemnización a favor de las perjudicadas de 20.000 euros, 10.000 para cada una, por los perjuicios morales y las secuelas causadas.

Asimismo, el tribunal ha inhabilitado por ochos años al ahora condenado para ejercer la profesión sanitaria o para prestar servicios de toda índole en clínicas, establecimientos o consultorios ginecológicos, públicos o privados.

Por último, la Audiencia Provincial de Cádiz ha decretado una orden de alejamiento e incomunicación respecto a las damnificadas por un periodo de tiempo de ocho años, además de una medida de libertad vigilada por cinco años que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad.

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