COAC 2026
Orden de actuación de la tercera sesión de preliminares

Si se autorizan los perros en la playa se perderá la bandera azul

Qué asco los perros haciendo sus necesidades en la arena

Las posibilidades de autorizar las denominadas zonas de “Playa de acceso permitido para perros” se

encuentran, una vez que se valora la correspondiente solicitud y la adecuada documentación técnica, muy

limitadas y tasadas. Precisando, además, de los oportunos informes que se estimen necesarios por esta

Delegación Territorial.

VI. Entre otras circunstancias, para poder acceder a la existencia de una zona de “Playa de acceso

permitido para perros” se precisaría:

- Su ubicación en el extremo mas alejado y, por ello, de difícil acceso de la Playa. Ubicándose fuera del

llamado “turismo familiar” que podría entender la existencia de esta “playa canina” como una limitación al

uso del dpm-t por posibles riesgos a la integridad física de los mas pequeños.

- Acotamiento y delimitación, mediante vallado, de la zona en la que los perros pudieran estar sueltos.

Delimitación de la zona donde las mascotas permanecerán atadas y en compañía de sus responsables.

Delimitación de la zona donde las mascotas permanecerán atadas, en compañía de sus responsables y

podrán acceder al baño.

- Prohibición de cualquier uso turístico-recreativo a todos los usuarios de la playa, incluidos los propios

responsables de las mascotas. Esta prohibición se hace extensiva a toda la zona de baños, es decir, tanto

a las aguas de carácter marítimo propiamente dichas como a los lugares aledaños que constituyen parte

accesoria de esta agua.

- Se deberá incluir, en la documentación técnica, planes completos de:

- Limpieza (desinfección, frecuencia de limpieza, tratamiento de residuos, formas de recogida...).

- Cartelería y Balizamiento.

- Normas de funcionamiento.

- Información y Seguridad.

29 de enero 2022 - 04:00

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