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Caso de los ere

El Poder Judicial archiva la queja del Parlamento andaluz y avala la actuación de la juez Alaya

  • El CGPJ entiende que "no se aprecia anomalía o irregularidad imputable" a la instructora, por lo que no habrá medidas disciplinarias.

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha archivado la queja del Parlamento andaluz que, en abril pasado, presentó el presidente de la Cámara autonómica por la "posible afectación al ejercicio de las funciones de los parlamentarios, el respeto al principio de separación de poderes y a la propia inviolabilidad del Parlamento” en relación con varios autos de la instructora relacionados con la investigación de la actuación del Parlamento en el fraude de los ERE. Esto significa que no se iniciará ninguna acción disciplinaria contra la titular del juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla.

El Promotor de la Acción Disciplinaria del Poder Judicial ha comunicado este lunes al Parlamento de Andalucía que "no se aprecia anomalía o irregularidad imputable" a la juez Mercedes Alaya, por lo que entiende que "no procede la adopción de medida alguna", según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

El Promotor entiende, en cuanto a las diligencias que motivaron la queja de la Cámara autonómica, que "se trata de una cuestión estrictamente jurisdiccional que, en su caso, podrá ser revisada a través de los recursos procesales que legalmente sean procedentes, pero que no puede conllevar ninguna actuación de carácter disciplinario", añaden las mismas fuentes.

El presidente del Parlamento de Andalucía, Manuel Gracia envió en abril pasado una queja ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por los dos autos emitidos en el mes de marzo por la juez en cuanto a su "posible afectación al ejercicio de las funciones de los parlamentarios, el respeto al principio de separación de poderes y a la propia inviolabilidad del Parlamento". 



El escrito, del que se informó a los miembros de la Mesa del Parlamento, recordaba los argumentos que da la juez en su primer auto el pasado 3 de marzo donde menciona al Parlamento y después del auto del día 13 donde hace puntualizaciones, pero insiste en el requerimiento de informe de la Intervención General del Estado sobre el papel de la Comisión de Economía y Hacienda, “acotando para ello el objeto de examen a dicha Comisión”, pretendiendo con ello salvar las evidentes dudas legales de lo dispuesto en su resolución anterior. 


El escrito enviado por Gracia también aseguraba que "las Comisiones son también Parlamento” (artículo 75.1 CE y 103.2 EAA), y entendí que el juicio que realiza la instructora sobre los diputados en el ejercicio de sus funciones con ocasión de la aprobación de la Ley de Presupuestos “se antoja cuanto menos gratuito. Los andaluces tienen que conocer que sus representantes, independientemente de la complejidad técnica de los asuntos que tratan, están siempre debidamente asesorados", precisaba el presidente del Parlamento.

En el segundo auto de Alaya sobre el Parlamento, la instructora aclaraba que no era su intención investigar a la Cámara andaluza. En la resolución, que tiene fecha del 13 de marzo, la instructora señalaba que ya en un auto anterior dictado el 31 de octubre de 2012 dejó claro por lo que respecta al Parlamento andaluz que "ni siquiera como hipótesis de estudio se ha planteado  la existencia de responsabilidad" de la Cámara y añadía que "partir de la consideración de que esta indiciaria maquinación delictiva en la elaboración de los Presupuestos era además conocida por el Parlamento, supone restarle complejidad técnica a la Ley de Presupuestos y presuponer en los Parlamentarios un conocimiento exquisito en materia presupuestaria, más bien propio de un experto".

Alaya recordaba que, en el informe pericial de la Intervención General del Estado, en la página 86, se recoge textualmente que "el Parlamento, al aprobar la partida de transferencia de financiación, actuó con estricto respeto a la legalidad, ya que el propio Parlamento con anterioridad había definido claramente la naturaleza y finalidad de las transferencias de financiación, ratificándola año tras año en las leyes de presupuestos del periodo 2000-2012. Es obvio que el legislador andaluz no pretendió que, a través del uso de las transferencias de financiación a IFA-IDEA, se vulneraran las normas de concesión de subvenciones y de fiscalización de las mismas contenidas en el ordenamiento jurídico, tanto el aprobado por él, como el dictado con carácter básico para el conjunto del Estado".

Y agregaba que, por congruencia con esta planteamiento, en el auto del 3 de marzo acordó requerir un informe de los peritos sobre "qué pudo conocer la Comisión de Economía y Hacienda de las irregularidades que se estaban cometiendo, acotando para ello el objeto de examen a dicha Comisión", precisó entonces la juez.   

En mayo pasado, la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) emitió un nuevo informe pericial en el que exculpaba expresamente a la Comisión de Economía y Hacienda del conocimiento del fraude de los ERE, por cuanto se utilizaba una "terminología críptica, imprecisa, generalista y a menudo equívoca", lo que provocaba una "indeterminación" acerca de quién pudiera ser el órgano que otorgaba o concedía las ayudas.

Se trataba del tercer informe complementario remitido al juzgado de Alaya por la IGAE, en el que los peritos aseguran que "no pueden concluir" que la Comisión de Economía y Hacienda del Parlamento de Andalucía "pudiera tener conocimiento de la existencia de las irregularidades en la presupuestación o, en su caso, la tramitación de las subvenciones sociolaborales correspondientes al programa 31L", conocido como el 'fondo de reptiles".

El informe subrayaba en sus conclusiones que el IFA/IDEA elaboraba "incorrectamente" su presupuesto de ingresos incluyendo en el mismo unos ingresos procedentes de la partida 31L que "no eran tales", sólo eran cobros, ya que su destino no era el de cubrir las pérdidas derivadas de su propia actividad -"único establecido en la ley"-, sino el de pagar subvenciones concedidas por la Consejería de Empleo "al margen de todo procedimiento legal y del preceptivo control".

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