La Seguridad Social confirma el tiempo máximo que se puede estar de baja laboral
La normativa aclara el tiempo máximo de situación de baja que puede estar un trabajador de manera consecutiva
La baja laboral es un derecho al que los trabajadores por cuenta ajena tienen acceso si se encuentran en una situación de enfermedad que lo requiera o han sufrido algún tipo de accidente. No obstante, son muchas las personas que no tienen claro cuánto es el tiempo que se puede estar de baja, aunque deben saber que no se puede prolongar de manera indefinida. La Seguridad Social establece un límite.
¿Cuál es el tiempo máximo de baja?
Por regla general, una baja laboral dura 365 días, es decir, un año completo desde su inicio. Si los médicos determinan que existe posibilidad de recuperación, se concede automáticamente una prórroga de 180 días más, llegando a un total de 18 meses.
En situaciones excepcionales, cuando la recuperación no es inmediata pero hay indicios de que podría producirse, se puede extender hasta24 meses. Esto aplica tanto a bajas por enfermedad común o accidente no laboral, como a accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, aunque en estos últimos casos los procedimientos y evaluaciones tienen matices específicos.
Estos plazos buscan proteger a los trabajadores sin permitir que la baja se prolongue más allá de lo razonable, equilibrando la necesidad de descanso y tratamiento con la sostenibilidad del sistema.
Qué sucede cuando se alcanza el límite
Cuando la baja llega al máximo permitido, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) evalúa si procede un alta médica, es decir, reincorporación al trabajo, o si se inicia un procedimiento para determinar si el trabajador tiene derecho a una incapacidad permanente.
Si se constata que el trabajador no puede volver a su puesto, se abre un expediente de incapacidad que puede derivar en una pensión según el grado de limitación laboral. Esto convierte un proceso médico en un cambio de estatus laboral y económico para el trabajador.
Requisitos y condiciones de la baja
Para acceder a una baja por enfermedad común o accidente no laboral, es necesario:
- Estar dado de alta en la Seguridad Social.
- Haber cotizado al menos 180 días en los últimos 5 años.
En caso de accidente laboral o enfermedad profesional, no se exige un mínimo de cotización, y la prestación económica se paga desde el primer día de la baja.
En cuanto al salario durante la baja:
- En bajas por enfermedad común o accidente no laboral: se percibe el 60 % de la base reguladora desde el cuarto al día 20 y el 75 % a partir del día 21.
- En accidentes laborales o enfermedades profesionales: se cobra el 75 % desde el primer día.
¿A qué se debe la imposición de estos límites?
Recientemente, la Seguridad Social endureció los criterios para conceder bajas y sus prórrogas. El objetivo es evitar el uso indebido del sistema y controlar el gasto público, que ha aumentado por el crecimiento de bajas de larga duración.
Desde el sistema lo que se quiere evitar es que la baja de larga duración se convierta en un filón para algunas personas, por esta razón le han puesto un límite. Una vez superado el plazo máximo se tendrá que demostrar la imposibilidad real de reincorporación para optar a una incapacidad permanente.
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