Nuevo aval del Gobierno para el impago del alquiler de viviendas: requisitos, quién puede acceder y qué cubre
El Real Decreto aprobado este martes por el Consejo de Ministros establece las condiciones de esta nueva cobertura
Así serán las ayudas al alquiler con opción de compra para jóvenes
El Consejo de Ministros ha aprobado en su sesión de este martes un Real Decreto con el que avalará los impagos de las rentas de los contratos de alquiler de viviendas a diferentes colectivos, incentivando de esta forma la protección de los propietarios y el acceso a los inmuebles.
De esta forma, esta nueva cobertura será gestionada por las comunidades de réguimen común y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Así, se verán beneficiados los menores de 35 años y familias vulnerables, según los requisitos establecidos por cada una de las comunidades autónomas. La medida se aplicará a los contratos vigentes a 30 de enero de 2025.
Requisitos
Los propietarios que arrienden sus inmuebles podrán acceder a esta cobertura si cumplen una serie de requisitos:
- Firmar un contrato con menores de 35 años o personas vulnerables (según lo establecido en cada comunidad autónoma).
- Cobrar una renta del alquiler que no supere el índice estatal de referencia.
- Depositar la fianza legal obligatoria del contrato de alquiler, así como sus actualizaciones.
- Suscribir con el arrendatario el compromiso relativo al aval al alquiler, con arreglo al modelo aprobado por la Administración.
Si así lo estiman oportuno, cada comunidad autónoma podrá determinar una serie de criterios adicionales para poder tener acceso a esta cobertura de impago de las rentas de viviendas en alquiler.
Además, hay que añadir que las personas que soliciten esta cobertura deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Qué cubre
La cobertura del aval aprobado por el Consejo de Ministros es la siguiente:
- Impago de rentas de alquiler.
- Daños causados a la vivienda.
- Coste de suministros debidos.
Quién puede acceder a este aval
De la medida de cobertura al impago de las rentas de alquileres se podrán beneficiar:
- Las personas arrendadoras de las viviendas.
- Las comunidades autónomas, si estas han suscrito un seguro con las personas arrendadoras.
Para que esta medida se pueda llevar a cabo, el Gobierno de España debe habilitar una línea presupuestaria para poder cubrirla. Junto a ellos, las comunidades autónomas deberán remitir semestralmente información al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana acerca de las coberturas aplicadas.
Temas relacionados
No hay comentarios