La Ley de Propiedad Horizontal aclara si se puede alquilar la plaza de garaje a otra persona

Los propietarios tendrán que hacer un contrato para evitar problemas en el futuro o con los vecinos

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Garaje
Garaje / DCA

Alquilar una plaza de garaje que no se usa es una de las fórmulas más habituales para sacar rendimiento a una vivienda. La duda aparece cuando el interesado no vive en el edificio: ¿se puede arrendar a alguien externo a la comunidad? La Ley de Propiedad Horizontal da una respuesta general, pero deja margen a ciertas condiciones que conviene revisar antes de firmar nada.

La norma parte de una idea básica: la plaza de garaje es, por lo general, un elemento privativo. Es decir, pertenece al propietario igual que su vivienda o su trastero. Eso le permite usarla, cederla o alquilarla. En principio, no existe una prohibición directa para arrendarla a una persona que no resida en la finca.

La clave está en los estatutos de la comunidad

El primer filtro no está en la ley estatal, sino en los estatutos de la comunidad de propietarios. Algunos edificios recogen de forma expresa limitaciones al alquiler de plazas a personas ajenas, sobre todo por razones de seguridad o control de accesos.

Si esa restricción figura en los estatutos inscritos, sí puede impedir el arrendamiento externo. Por eso, antes de cerrar un acuerdo, los administradores de fincas recomiendan revisar la documentación de la comunidad. Es un paso sencillo que evitará tener problemas. Cuando no existe esa limitación por escrito, el propietario mantiene su derecho a alquilar la plaza.

¿Hace falta permiso de la junta de propietarios?

No siempre. La Ley de Propiedad Horizontal no obliga de forma general a pedir autorización para alquilar una plaza de garaje. Otra cosa es que muchas comunidades pidan, al menos, que se comunique la operación.

Ese aviso previo suele servir para registrar los datos del vehículo y del usuario que tendrá acceso al garaje. No es tanto una cuestión legal como práctica. Ayuda a mantener el control de llaves, mandos y entradas al recinto.

En garajes con sistemas de seguridad o accesos restringidos, esta comunicación es muy recomendable en el día a día.

Hacer un contrato de alquiler

Aunque se trate solo de una plaza, lo recomendable es formalizar un contrato por escrito. Debe incluir precio, duración, forma de pago y normas de uso. Así se evitan malentendidos si surge algún problema.

Este tipo de arrendamiento se encuadra dentro de los alquileres de uso distinto de vivienda. Por tanto, se rige por las reglas generales de los contratos y por la normativa de arrendamientos urbanos en lo que resulte aplicable.

También es aconsejable dejar claro que el alquiler es solo de la plaza y no da derecho al uso de otras zonas comunes.

Es una opción legal

Alquilar la plaza de garaje a alguien externo es legal en la mayoría de los casos. El propietario puede hacerlo si los estatutos no lo prohíben y si respeta las normas internas de la comunidad.

Aun así, los expertos aconsejan informar al administrador o al presidente de la finca. Un gesto simple que suele evitar roces y facilita la convivencia. Porque, aunque la ley permita hacerlo, es preferible que la comunidad de vecinos esté al tanto de todo para que no haya discordia.

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