Cómo votar por correo para las elecciones municipales 2023 en Cádiz

Conoce los trámites necesarios y los plazos para ejercer tu derecho a voto el próximo 28 de mayo

Las fechas claves del proceso electoral del 28-M

Depositando el voto por correo en una oficina. / Rafa Del Barrio
R. D.

25 de abril 2023 - 14:45

El domingo 28 de mayo de 2023, los gaditanos volverán a las urnas para votar en las elecciones municipales, donde se decidirá la formación de los 45 ayuntamientos de la provincia de Cádiz. Si no puedes acudir a tu colegio electoral o prefieres ser previsor por si surge algún imprevisto, ya está abierto el plazo para ejercer tu derecho al voto pero por correo.

La solicitud se podrá hacer de manera presencial o de forma telemática hasta el próximo 18 de mayo. Luego tendrás ya el día 24 para depositar tu voto en Correos. Estos son los trámites que tienes que realizar

Solicitud del voto en la oficina y posibilidad de cita previa

La solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.

En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales.

Con el objetivo de agilizar los trámites y evitar esperas, la compañía ofrece la opción de cita previa para la solicitud del voto en oficinas, a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual. Para ello el elector tan sólo debe seleccionar la oficina disponible que tenga cita previa y, por último, elegir el día y la hora que más le convengan.

Solicitud de voto por correo telemática

Los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos (www.correos.es), sin tener que acudir en persona a una oficina postal. En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos, el interesado debe acreditar su personalidad mediante firma electrónica y aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).

Cómo depositar el voto

En la solicitud del voto rellenarás un impreso donde indicarás la dirección postal a la que quieres que se envíe la documentación electoral (puede ser tu domicilio, tu lugar de trabajo o un apartado postal). La Oficina del Censo Electoral te enviará a la dirección indicada la siguiente documentación:

Una vez que hayas recibido la documentación, elige la papeleta de votación e introdúcela en el sobre de votación correspondiente (o no incluyas papeleta si decides votar en blanco). Introduce el sobre o los sobres de votación y el certificado de inscripción en el censo dentro del sobre en el que está escrita la dirección de su mesa electoral. No introduzcas ningún documento acreditativo de tu identidad dentro del sobre de votación, porque en este caso tu voto sería considerado nulo por la mesa.

Ahora solo quedaría llevar este sobre a una oficina de Correos y envíalo por correo certificado. El envío es gratuito. En la oficina es necesario presentar el DNI en vigor original.

Plazos

El plazo para solicitar el voto termina el 18 de mayo y el plazo de depósito del voto por correo finalizará el 24 de mayo de 2023. Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, quienes enviarán a los solicitantes, a partir del 8 de mayo, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.

Correos conservará hasta el día de la votación la correspondencia dirigida a la Mesa y la trasladará a las 9 de la mañana y hasta las 20 horas del mismo día.

¿Cómo solicito el voto por correo si estoy de forma temporal o de vacaciones en el extranjero?

Si estás temporalmente o de vacaciones en el extranjero y deseas ejercer tu derecho de sufragio tienes que:

El personal de los buques de la Armada, marina mercante o flota pesquera de altura, abanderados en España, que se encuentre embarcado, puede consultar su procedimiento de voto en la web del Ministerio del Interior INFOELECTORAL.

En el mismo sitio web pueden hacer su consulta las personas que se encuentren en misiones internacionales; el personal de la Guardia Civil que esté en operaciones excepcionales vinculadas con la Seguridad Nacional y los internos de los centros penitenciarios.

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