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El aviso a los grandes propietarios de viviendas: las penalizaciones fiscales por tener casas vacías

Aquellos que tengan más propiedades vacías tendrán que pagar más impuestos y recargos

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Ventanas de decenas de viviendas en la ciudad. / Julio González

La vivienda en España es una de las grandes preocupaciones de la sociedad, en la actualidad. Son millones de personas los que no pueden acceder a tener una vivienda digna en propiedad o quienes incluso tienen que compartir piso porque no pueden pagar un alquiler en solitario debido al alto precio que tienen.

La situación es tan grave que se van a tomar medidas y pone en el punto de mira a los grandes propietarios de inmuebles que mantienen casas vacías sin uso habitual.

A partir de este año, el Gobierno y algunas administraciones autonómicas han empezado a aplicar y reforzar medidas que encarecen tener propiedades desocupadas, con el objetivo declarado de movilizar esas viviendas hacia el alquiler o la venta y aliviar la presión de los precios en las ciudades más tensionadas.

No se trata de una única norma nueva, sino una combinación de cambios fiscales y controles administrativos que afectan de forma más contundente a quienes poseen varias viviendas sin uso habitual.

Entre las fórmulas más destacadas figura el recargo en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), que ayuntamientos como los de Barcelona, Madrid o San Sebastián ya aplican en algunos casos: hasta un 150 % adicional sobre la cuota del impuesto para viviendas desocupadas durante largos periodos.

Este tipo de recargos municipales, unidos al mayor escrutinio de las administraciones a partir del cruce de datos entre padrón, catastro y registros fiscales, permiten identificar con más precisión qué inmuebles están realmente vacíos.

La intención oficial, según fuentes del Gobierno, no es "obligar" a alquilar, sino incentivar a que esas casas entren en el mercado y alivien la escasez crónica de oferta habitacional, sobre todo en áreas urbanas con alta demanda.

¿Qué implican las nuevas normas?

Aunque la normativa fiscal básica no establece una sanción genérica por tener una segunda vivienda vacía, sí ha reforzado los instrumentos para penalizar ese estatus por la vía fiscal indirecta y administrativa. Por ejemplo, la ley contempla que:

En la práctica, esto significa que quienes acumulan varias viviendas sin uso efectivo podrían ver una factura anual de impuestos sustancialmente mayor, sobre todo si esas propiedades están ubicadas en municipios con alta demanda. Aunque el aumento de carga impositiva no es idéntico para todos los casos, el mensaje es claro: tener inmuebles ociosos sale cada vez más caro.

Medidas previas

Estas nuevas penalizaciones se suman a un conjunto más amplio de iniciativas fiscales y regulatorias que el Gobierno ha planteado o difundido en su estrategia de vivienda en los últimos meses. Entre ellas destacan:

No obstante, algunas de estas propuestas aún no se han traducido por completo en legislación aprobada o en normativa aplicable a nivel estatal, lo que sitúa a ayuntamientos y comunidades autónomas como actores clave en su implementación local.

¿Quiénes son los principales afectados?

La carga fiscal adicional impacta con mayor fuerza a grandes tenedores de inmuebles, como fondos de inversión, sociedades patrimoniales o particulares con múltiples viviendas desocupadas. Sin embargo, es importante subrayar que no existe una multa automática por el simple hecho de tener una segunda vivienda vacía si está correctamente declarada. Las sanciones que sí se aplican están vinculadas a la declaración incorrecta o la falta de inscripción de la propiedad en el IRPF, no al uso en sí mismo.

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