Inmuebles

¿Puedo conseguir el permiso de vivienda turística para su alquiler pese a las restricciones del Ayuntamiento de Cádiz? ¿Cuáles son los requisitos?

Un edificio del centro de Cádiz reconvertido en apartamentos turísticos

Un edificio del centro de Cádiz reconvertido en apartamentos turísticos / Jesús Marín

El crecimiento de viviendas turísticas en Cádiz de los últimos años ha sido tal que el Ayuntamiento ha decidido poner freno a ello. La ciudad cuenta en estos momentos con 2.220 viviendas de este estilo, según datos de la Junta. Una reciente modificación del PGOU limita ahora esta manera de explotar inmuebles, sobre todo en el casco histórico, donde la proliferan los alojamientos privados dedicados al turismo. 

Los cambios en la planificación urbanística de la ciudad dicen que solo se podrán establecer viviendas o pisos turísticos en fincas del casco antiguo del grado 0 o 1. En extramuros, solo se podrá conseguir permisos para este fin en las plantas bajas, primeras y segundas.

Esta situación ha despertado dudas en muchos propietarios que poseen inmuebles y tenían en mente poner en alquiler turístico su vivienda. La pregunta que se hacen es: ¿Qué ocurrirá a partir de ahora?

Requisitos para tener una vivienda turística en Cádiz

Todos los titulares de una vivienda que deseen usarla con fines turísticos alquiler han de solicitar un permiso. Para ello, han de contar con el aprobado del Ayuntamiento de Cádiz y de la Junta de Andalucía en los diferentes trámites. Aunque el principal, el definitivo, corre a cargo de la Administración autonómica. Se entiende como turístico cuando se oferta un inmueble a través de canales como agencias, páginas webs especializadas 

Lo primero que hay que tener es la licencia de ocupación y cumplir con las garantías de calidad y las condiciones técnicas para alquilar una vivienda. Para este trámite, hay que pasar por el Ayuntamiento de Cádiz. Con esto, se certifica que la vivienda cuenta con todos los requerimientos que constan en la licencia de obra y que tiene suministros de luz y agua. El plazo medio de respuesta es de 15 días a 1 mes, según la web municipal. Así se garantiza que la vivienda está en condiciones óptimas. Al contrario de lo que se afirma en la web, este periódico ha podido saber que este trámite tiene un tiempo medio de respuesta de meses, suele alargarse mucho más.

La vivienda debe cumplir con unos mínimos para ser considerada turística. De esta forma, las habitaciones del inmueble cuentan con ventilación directa al exterior y un sistema de oscurecimiento de ventanas. No hará falta cumplir con esto en caso de que estas se ubiquen en un edifico Bien de Interés Cultural. Asimismo, la vivienda turística debe contar con un mobiliario acorde a su uso, con los electrodomésticos dispuestos para su utilización inmediata y con botiquín. Las instrucciones de los aparatos eléctricos deberán estar en el piso turístico por si lo precisaran los huéspedes.

Toda persona que disponga su propiedad para fines turísticos debe facilitar información de ocio, cultura y todo lo que sea de interés en formato físico o electrónico. A su vez, tendrá que facilitar una hoja de reclamaciones, señalando dónde está, por si los usuarios tuvieran alguna queja.

La limpieza tanto a la entrada como a la salida es otra de las obligaciones. Así como mantener ropa de cama, menaje y utensilios básicos en plenas condiciones. Otro indispensable es facilitar un número de teléfono para resolver cualquier contingencia durante la estancia. Por último, el propietario se compromete a explicar el uso de todas las zonas, informar acerca de las restricciones y aclarar la admisión de mascotas de antemano.

¿Qué es lo que no se considera vivienda turística?

Turismo considera que una vivienda no puede ser calificada de turística en los siguientes casos:

  • Es cedida por motivos vacacionales sin contraprestación económica.
  • Es un alquiler de más de dos meses.
  • Viviendas situadas en medio rural, que tendrán que pedir otro tipo de permiso.
  • Conjuntos de tres o más apartamentos turísticos con un mismo titular.

El trámite para iniciar actividad en vivienda turística

Toda vez que ya se tiene la licencia de primera ocupación y acondicionado el piso, hay que rellenar un formulario denominado "Declaración responsable para inicio o ejercicio de la actividad”.

En este documento, que se realiza de manera telemática con certificado electrónico, el titular confirma que su inmueble está apto para la entrada de huéspedes. Una vez aceptado esto, ya se podrá comenzar a ejercer la actividad turística.

Después de la limitación del Ayuntamiento de Cádiz, ¿puedo poner mi piso en alquiler turístico?

Tras la modificación del PGOU es una pregunta que se hacen muchas personas. Todo depende del tipo de vivienda que se tenga. Según ha comprobado este periódico, la Junta de Andalucía ha estado aceptando permisos de vivienda turística de solicitudes que se habían cursado a principios de septiembre. Entonces, el Ayuntamiento de Cádiz no había aprobado las restricciones.

Sin embargo, con fecha de 14 de septiembre, el PGOU de Cádiz cambió. Así que la Junta de Andalucía deberá tener en cuenta a la hora de aceptar las solicitudes de los propietarios este actual plan de urbanismo. Cómo aplicará la Administración autonómica estas modificaciones urbanísticas en Cádiz es algo que se irá conociendo en los próximos días.

Desde luego, con el PGOU en la mano, solo podrán poner su piso en alquiler para turistas aquellos que sean propietarios de pisos en fincas de grado 0 y 1 o los que tengan una vivienda en las plantas bajas, primeras o segundas en la zona de extramuros.

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