Hacienda

Declaración de la Renta 2021: ya puedes bajar el borrador

Las deducciones aplicables en Andalucía en la nueva campaña de la renta

Las deducciones aplicables en Andalucía en la nueva campaña de la renta / Archivo

Desde esta mañana ya se puede descargar el borrador para presentar la Renta 2021. Arranca también este 6 de abril el plazo para la presentación de declaraciones a través de internet.

La presentación de declaraciones por teléfono comenzará el 5 de mayo y de manera presencial en oficinas el 1 de junio. El plazo finaliza el 30 de junio, salvo en el caso de liquidaciones a ingresar con domiciliación bancaria, que tendrán que estar entregadas el 27 de junio.

Para realizar la declaración de la Renta 2021, estas son algunas de las claves: 

Bajar el borrador

Según recoge la web de la propia Agencia Tributaria todos los contribuyentes podrán acceder a su borrador y a sus datos fiscales por medios electrónicos en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el Servicio de tramitación del borrador/declaración. Desde este apartado podrán confirmar y presentar el mismo o, en su caso, modificarlo, confirmarlo y presentarlo.

Existen tres formas de identificación para poder acceder al resumen del borrador de la declaración y a los datos fiscales: Cl@ve, número de referencia, certificado o DNI electrónico. Cuando esté disponible el portal 'Renta 2021', el contribuyente podrá obtener el borrador de la declaración desde este domingo, cambiar o modificar el mismo, cumplimentar y presentar la declaración de forma telemática.

En el supuesto de obtención del borrador de declaración por la opción de tributación conjunta deberá hacerse constar también el Número de Identificación Fiscal (NIF) del cónyuge y, en su caso, de los restantes miembros de la unidad familiar que perciban rentas, así como su número de referencia o Cl@ve PIN.

A este Servicio de tramitación del borrador/declaración, así como a los datos fiscales de la declaración del IRPF se puede acceder a través del portal de la Agencia Tributaria en Internet  en https://sede.agenciatributaria.gob.es.

Además, los contribuyentes también podrán acceder a sus datos fiscales y al resumen del borrador de declaración a través de una aplicación para dispositivos móviles, previo registro en la misma, utilizando el sistema Cl@ve PIN. También podrán confirmar y presentar el borrador de declaración siempre que no tengan que modificar o incluir algún dato adicional.

Las fechas

Este miércoles 6 de abril echa a andar el plazo para presentar la declaración de la Renta y Patrimonio a través de los canales telemáticos, día en el que ya se puede descargar el borrador, lo que permite revisar los ajustes que se pueden hacer en él, independientemente del modo en que se presente al final. 

De hecho, se puede realizar la presentación de la declaración de la Renta por vía telefónica, para lo que la solicitud de cita previa se puede pedir desde el 3 de mayo. Dos días después, el 5 de mayo, comenzará la campaña para la presentación de la declaración de la Renta y Patrimonio por teléfono. 

Otra opción para los que prefieren el método más convencional es solicitar cita previa para realizar la declaración de manera presencial a partir del 26 de mayo, arrancado el plazo para su presentación en las oficinas de la Agencia Tributaria el 1 de junio. 

El 27 de junio es el tope para entregar la declaración por internet si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta y el 29 de junio será la última jornada para solicitar cita previa tanto para hacer el trámite por teléfono o en oficina. Por último, el 30 de junio se cierra el plazo en todos los canales disponibles.

Vías para realizar la declaración de la Renta

Existen tres vías para realizar la declaración de la Renta, cada una con sus peculiaridades y sus fechas, por lo que es necesario conocer el calendario establecido para no tener ningún problema. Estas son las siguientes:

  • Por internet. La declaración de la Renta se puede presentar directamente desde la propia página web de la sede electrónica de la Agencia Tributaria o través de su aplicación móvil. El plazo para la presentación a través de esta vía se abre el 6 de abril.
  • Por teléfono. Es necesario solicitar cita previa por esta vía. Para ello, la Agencia Tributaria dispone de los números 901 22 33 44 o 91 553 00 71 para que le atienda un operador, de 9 horas a 19 horas, de lunes a viernes, y con contestador automático las 24 horas el 901 12 12 24 o el 91 535 73 26. La cita previa se puede solicitar desde el 3 de mayo, iniciándose la atención desde el 5 de mayo.
  • Presencial. Para ir a una oficina a realizar la declaración de la Renta es indispensable contar con una cita previa, que se puede pedir en los teléfonos 901 22 33 44 o 91 553 00 71 para que le atienda un operador, de 9 horas a 19 horas, de lunes a viernes, y con contestador automático las 24 horas el 901 12 12 24 o el 91 535 73 26. La agenda de citas se abre el 26 de mayo, comenzando la atención personal el 1 de junio.

    ¿Quién debe realizar la declaración de la Renta?

    Para la campaña del ejercicio fiscal de 2021, no existen cambios en cuanto a los límites para las personas que están obligadas a realizar la declaración de la Renta. Así, deben presentarla aquellas personas que superen los 22.000 euros por rendimientos del trabajo con un solo pagador. Si se tienen dos o más pagadores, este dato desciende hasta los 14.000 euros, con un mínimo de 1.500 euros del segundo pagador. 

    Por otra parte, también están obligadas a presentar la declaración de la Renta aquellas personas que obtengan un rendimiento inmobiliario o unas ganancias patrimoniales que superen los 1.600 euros. 

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