Fiestas Todas las ferias en la provincia de Cádiz para este mayo de 2024

Vivienda

Alquiler en Cádiz: Ventajas en la declaración de la Renta para propietarios

Un cartel de alquiler en una calle de Cádiz.

Un cartel de alquiler en una calle de Cádiz. / Lourdes de Vicente

La campaña de la declaración de la Renta 2021 está activa desde el pasado 6 de abril y acaba el 30 de junio. Todos los años por estas fechas surgen las mismas dudas en cuanto a qué gastos puede deducirse un propietario. 

En los últimos años, los alquileres de vivienda se han disparado en la ciudad gaditana. Con una media de 9,8 euros por metro cuadrado, Cádiz es la tercera capital andaluza más cara, solo le supera Sevilla y Málaga.

Cuando un propietario pone su piso en alquiler, es consciente que ello conlleva toda una serie de gastos hasta que consigue que el inmueble pase a manos de un inquilino. Por esta razón, hemos querido recopilar lo que un propietario puede deducirse al hacer la renta.

¿Qué gastos puedes deducirte por alquilar tu vivienda en Cádiz?

El primer gasto que puedes quitarte de encima es el de la contratación de un gestor o abogado que se encargue de redactar el contrato de arrendamiento y formalizar todo lo legal.

En segundo lugar, si la vivienda tiene un seguro, se puede deducir la cuota anual. También una hipoteca relacionada con ese inmueble en alquiler puede presentarse para reducir gastos. 

Otro gasto habitual desgravable es el relacionado con las tasas municipales: IBI, basuras, etc. Para ello, es importante guardar los comprobantes de pago.

Aunque no es muy común, puede darse el caso en el que como propietario hayas decidido mantener la titularidad de los suministros. Se puede deducir en circunstancias en las que como arrendador incluyas en el importe final del mes todos los suministros, cuando optes por no cambiar la titularidad de los suministros o cuando algunos de estos suministros tengan gastos de comunidad. Cabe recordar que estos últimos también desgravan.

Las reparaciones de urgencia, cuentan para desgravar

Del mismo modo, si en algún momento surge una reparación de urgencia en el inmueble con los inquilinos que tienes en alquiler dentro del piso, podrás presentar esos gastos si el seguro no lo cubre. Por supuesto, siempre que sea avería y no una reforma voluntaria.

Por otro lado, si el inquilino no te pagó alguna mensualidad, tendrás que declarar el total real de lo que cobraste para deducirte las mensualidades sin abono.

Para terminar, el más importante, la amortización anual. Esto es el cálculo entre el precio de la vivienda, con notaría inclusive, o el valor catastral de la misma, y las ganancias que has obtenido sobre el piso en el último año. En caso de que te salgan pérdidas, Hacienda te descontará del IRPF a pagar.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios