San Fernando

El requerimiento de nulidad del acuerdo de las 35 horas semanales sólo atañe a un punto

  • El concejal de Presidencia, Conrado Rodríguez, asegura que solo se refiere a una cuestión: la reducción progresiva de la jornada en los años previos a la jubilación 

Conrado Rodríguez, durante una rueda de prensa, en una imagen de archivo.

Conrado Rodríguez, durante una rueda de prensa, en una imagen de archivo. / Ayuntamiento San Fernando

El Ayuntamiento, efectivamente, recibió a finales de enero un requerimiento de nulidad del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local relativo a la implantación de las 35 horas semanales y otras mejoras pactadas con los colectivos sindicales.

No obstante, dicho requerimiento de nulidad dictado desde la delegación del gobierno andaluz –matizó el concejal de Presidencia y Desarrollo Económico, el socialista Conrado Rodríguez, tras la alarma dada por el Sindicato de la Policía Local Independiente (SPLI)– solo afecta a uno de los puntos de dicho acuerdo. Y no se trata de las 35 horas, aclaró. La cuestión sobre la que alerta la Junta alegando razones de base jurídica atañe a la reducción progresiva de la jornada de los funcionarios en los años previos a la jubilación, que permitiría a los trabajadores municipales de más edad hacer más liviana su jornada laboral a medida que se acerca su retiro. Así, el acuerdo contempla la posiblidad de rebajarse una hora al cumplir los 61 años, dos a los 62, tres a los 63 y cuatro a los 64.

Dicha reducción de la jornada se basa en una mejora pactada en un convenio anterior, si bien su aplicación –precisó Conrado Rodríguez– quedaba sujeta a un estudio previo del impacto que iba a tener en cada servicio puesto que hay áreas en las que resultaría más difícil de llevar a cabo y no podría aplicarse a unos funcionarios sí y a otros no.

El Ayuntamiento tiene ahora la posibilidad de recurrir dicho requirimiento de nulidad ante la Junta o, por el contrario, eliminar dicho punto conflictivo –solo ese– del acuerdo de las 35 horas. Todavía no ha tomado una decisión, si bien ha remitido el requirimiento de nulidad a los distintos sindicatos al objeto de que se posicionen al respecto antes de decidir qué hacer. 

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